AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
SERVICIOS DE RADIODIFUSION POR SUSCRIPCION MEDIANTE VINCULO FISICO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Oct-2013
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSION POR SUSCRIPCION MEDIANTE VINCULO FISICO, DEFINIDOS POR EL ARTICULO 4° DE LA LEY Nº 26.522, PODRAN UTILIZAR LA TECNOLOGIA DE TRANSMISION DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES BASADOS EN EL PROTOCOLO IP (IPTV), EN EL MARCO Y CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA PRESENTE.