JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 1108/2019
RESOL-2019-1108-APN-SGM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2019
VISTO: el Expediente EX-2019-54714643-APN-SECMA#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017, las Resoluciones Nros. (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017 y (RESOL-2018-106-APN-MM) del 22 de febrero de 2018 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° (RESOL-2018-109-APN-SGM#JGM) del 11 de diciembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se derogó el Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus normas complementarias y se estableció un nuevo régimen de contrataciones de servicios personales destinados a desarrollar estudios, proyectos y/o programas especiales.
Que mediante el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la Autoridad de Aplicación, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores, Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas, serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017 estableció una grilla de honorarios cuya unidad de medida se denomina Unidad Retributiva.
Que mediante la Resolución N° (RESOL-2018-106-APN-MM) del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 22 de febrero de 2018 se estableció el valor la unidad de medida.
Que la Resolución N° (RESOL-2018-109-APN-SGM#JGM) de fecha 11 de diciembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sustituyó el Anexo II de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017.
Que en esta instancia corresponde actualizar el valor en pesos de dicha Unidad Retributiva.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Actualícese el valor de la unidad retributiva fijada mediante Resolución N° (RESOL-2018-106-APN-MM) a partir del 1° de julio de 2019 en PESOS TREINTA Y SEIS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($36,47).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Andrés Horacio Ibarra
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 1108/2019
RESOL-2019-1108-APN-SGM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2019
VISTO: el Expediente EX-2019-54714643-APN-SECMA#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017, las Resoluciones Nros. (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017 y (RESOL-2018-106-APN-MM) del 22 de febrero de 2018 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° (RESOL-2018-109-APN-SGM#JGM) del 11 de diciembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se derogó el Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus normas complementarias y se estableció un nuevo régimen de contrataciones de servicios personales destinados a desarrollar estudios, proyectos y/o programas especiales.
Que mediante el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la Autoridad de Aplicación, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores, Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas, serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017 estableció una grilla de honorarios cuya unidad de medida se denomina Unidad Retributiva.
Que mediante la Resolución N° (RESOL-2018-106-APN-MM) del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 22 de febrero de 2018 se estableció el valor la unidad de medida.
Que la Resolución N° (RESOL-2018-109-APN-SGM#JGM) de fecha 11 de diciembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sustituyó el Anexo II de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017.
Que en esta instancia corresponde actualizar el valor en pesos de dicha Unidad Retributiva.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Actualícese el valor de la unidad retributiva fijada mediante Resolución N° (RESOL-2018-106-APN-MM) a partir del 1° de julio de 2019 en PESOS TREINTA Y SEIS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($36,47).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Andrés Horacio Ibarra
e. 10/07/2019 N° 48982/19 v. 10/07/2019