AGENTES DE VIAJE
FONDO DE GARANTIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Feb-1994
Resumen:
ESTABLECESE LA VIGENCIA DE LAS COBERTURAS A PLAZO FIJO DEL FONDO DE GARANTIA INSTITUIDO POR EL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 18.829.
Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 166/2005 - ART. 15 - BOLETIN OFICIAL 18/2/2005 - PAG. 4.