MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1096/2024
RESOL-2024-1096-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2024
VISTO el Expediente EX-2024-101783521- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 DE PRIMERA INSTANCIA DE CORRIENTES, a cargo por Subrogación del Doctor Juan Carlos VALLEJOS, Secretaría de Derechos Humanos Nº 7, a cargo de la Doctora Margarita Ysabel PORTALES, tramita el Expediente Nº FCT 12200081/2003, caratulado “IMPUTADO: LORMHMAN KRENZ, JOSÉ RODOLFO Y OTROS S/ SECUESTRO EXTORSIVO (ART 170 INC. 6) QUERELLANTE: GÓMEZ, GLORIA POMPEYA”.
Que el mencionado JUZGADO, solicitó a este Ministerio mediante oficio de fecha 17 de septiembre de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de José Rodolfo LOHRMANN KRENZ, argentino, titular del DNI N° 16.983.899, nacido el 5 de febrero de 1965, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el día 7 de septiembre de 2024.
Que el nombrado se encuentra procesado por la comisión del delito de Secuestro Extorsivo en calidad de coautor penalmente responsable (Art. 41 bis, 45, 54, 55,170 inc. 6º del Código Penal Argentino), hecho ocurrido en fecha 21 de septiembre de 2003, cuya víctima es Christian Eduardo SCHAERER.
Que LOHRMANN KRENZ, en fecha 7 de septiembre de 2024, se fugó del Establecimiento Penitenciario de Monsanto, cárcel “Vale de Judeus”, en la localidad de Alcoentre, situada a unos 70 kilómetros al norte de Lisboa Portugal.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de José Rodolfo LOHRMANN KRENZ, argentino, titular del DNI N° 16.983.899, nacido el 5 de febrero de 1965, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el día 7 de septiembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2024-102939206-APN-DNNYRPJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 1096/2024
RESOL-2024-1096-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2024
VISTO el Expediente EX-2024-101783521- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 DE PRIMERA INSTANCIA DE CORRIENTES, a cargo por Subrogación del Doctor Juan Carlos VALLEJOS, Secretaría de Derechos Humanos Nº 7, a cargo de la Doctora Margarita Ysabel PORTALES, tramita el Expediente Nº FCT 12200081/2003, caratulado “IMPUTADO: LORMHMAN KRENZ, JOSÉ RODOLFO Y OTROS S/ SECUESTRO EXTORSIVO (ART 170 INC. 6) QUERELLANTE: GÓMEZ, GLORIA POMPEYA”.
Que el mencionado JUZGADO, solicitó a este Ministerio mediante oficio de fecha 17 de septiembre de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de José Rodolfo LOHRMANN KRENZ, argentino, titular del DNI N° 16.983.899, nacido el 5 de febrero de 1965, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el día 7 de septiembre de 2024.
Que el nombrado se encuentra procesado por la comisión del delito de Secuestro Extorsivo en calidad de coautor penalmente responsable (Art. 41 bis, 45, 54, 55,170 inc. 6º del Código Penal Argentino), hecho ocurrido en fecha 21 de septiembre de 2003, cuya víctima es Christian Eduardo SCHAERER.
Que LOHRMANN KRENZ, en fecha 7 de septiembre de 2024, se fugó del Establecimiento Penitenciario de Monsanto, cárcel “Vale de Judeus”, en la localidad de Alcoentre, situada a unos 70 kilómetros al norte de Lisboa Portugal.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de José Rodolfo LOHRMANN KRENZ, argentino, titular del DNI N° 16.983.899, nacido el 5 de febrero de 1965, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el día 7 de septiembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2024-102939206-APN-DNNYRPJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/10/2024 N° 73235/24 v. 17/10/2024
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)