Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 106/2024

RESOL-2024-106-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-61480796- -APN-DACYGD#AABE, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2014) y sus modificatorios, la Ley N° 27.431 y sus modificatorios, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por el Decreto N° 88 de fecha 26 de diciembre de 2023, los Decretos N° 1382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios, su Decreto Reglamentario N° 2670 de fecha 1º de diciembre de 2015, modificado por su similar N° 636 de fecha 18 de julio de 2024, N° 167 de fecha 2 de marzo de 2018, N° 62 de fecha 21 de enero de 2019, N° 598 de fecha 29 de agosto de 2019, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 5 de fecha 11 de enero de 2024, las Resoluciones Nº 507 de fecha 7 de julio de 2023 y N° 97 de fecha 29 de julio de 2024, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la creación de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”, y las designaciones del Señor Federico Nicolás TAIANO (DNI 32.821.666) como Titular y del Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888) como Subtitular, ambos de la mencionada Unidad, entre otras medidas.

Que el artículo 108 de la Ley N° 27.431 incorporó a la Ley Complementaria del Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus modificatorios, la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, pudiendo ser prorrogadas siempre que estén previstas en el Presupuesto del año siguiente al vencimiento del plazo.

Que, asimismo, por el artículo 1º del Decreto Nº 167 de fecha 2 de marzo de 2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

Que mediante el Decreto Nº 1382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, que es el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, siendo su objetivo “la coordinación de las políticas, normas y procedimientos relacionados con los bienes inmuebles del Estado Nacional, el control permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades que conforman el Sector Público Nacional” y cuenta entre sus funciones la de “proponer las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes inmuebles del Estado Nacional”.

Que, en concordancia con ello, el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2670 de fecha 1º de diciembre de 2015, modificado por el Decreto N° 636 de fecha 18 de julio de 2024, establece que todo acto de disposición de inmuebles de propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que por el artículo 3º del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobaron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la Resolución N° 507 de fecha 7 de julio de 2023 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se creó en el ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA”, con el objeto de diseñar y ejecutar el Máster Plan de desarrollo urbano del predio delimitado por la Avenida Directorio, la Avenida Murguiondo, la Avenida Eva Perón, la Avenida Lisandro de la Torre y la Avenida De los Corrales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, conocido como “MERCADO DE HACIENDA”.

Que las actuales necesidades de gestión tornan necesario unificar los cursos de acción seguidos en el marco de la Unidad Ejecutora antes mencionada, a otros programas y grandes proyectos urbanos a partir de una gestión unificada de la interacción entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y los organismos de la Administración Pública Nacional, del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, las provincias y los municipios, posibilitando su adecuada evaluación, diseño y ejecución.

Que, en dicho contexto, los objetivos asignados a la “UNIDAD DE GRANDES PROYECTOS URBANOS” que se crea por acto separado, torna aconsejable que sea dicha Unidad quien tenga a su cargo la continuidad de las acciones encaradas por la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO – MERCADO DE HACIENDA”, correspondiendo, consecuentemente, derogar la Resolución Nº 507/23 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, por otra parte, el Decreto Nº 598 del 29 de agosto de 2019 instruyó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO para que proceda a la inmediata enajenación de los bienes que ingresen al patrimonio de los organismos del Sector Público Nacional comprendidos en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, provenientes de decomisos ordenados por resoluciones judiciales, salvo que se disponga un destino específico para su uso y/o utilización.

Que el artículo 13 del RÉGIMEN PROCESAL DE LA ACCIÓN CIVIL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, aprobado por el Decreto N° 62 de fecha 21 de enero de 2019, establece que durante la tramitación del proceso de extinción de dominio, la administración y el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles sometidos a medidas cautelares de desapoderamiento estará a cargo de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que, asimismo, por el artículo 23 del Código Penal de la Nación Argentina, se establece el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del ESTADO NACIONAL, de las provincias o de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros.

Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios y el Decreto Nº 167/18, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales del Organismo para el desarrollo de la “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”.

Que en consecuencia, se considera pertinente crear la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”, con dependencia de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de articular y dirigir, en coordinación con las jurisdicciones de la Administración Pública Nacional correspondientes según el ámbito de sus respectivas competencias, las distintas acciones conducentes a la organización de los bienes decomisados y bienes muebles.

Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus modificatorios, o hasta el cumplimiento del objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.

Que mediante la Resolución N° 97 de fecha 29 de julio de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se designó como Titular al Arquitecto Alejandro Guillermo MAREQUE (DNI 16.518.545) a partir del 2 de febrero de 2024 y hasta el 31 de mayo de 2024 y al Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888), como Subtitular, ambos de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO – MERCADO DE HACIENDA” creada por la Resolución Nº 507/23 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, habiendo presentado los mismos sus renuncias a dichos cargos.

Que el señor Federico Nicolás TAIANO (DNI 32.821.666) y el Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ reúnen las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir con las responsabilidades y funciones de Titular y Subtitular, respectivamente, de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria que se crea por la presente.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, ambas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 167/18.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”, con dependencia de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de asistir al citado organismo en el diseño e implementación de un circuito de optimización de las acciones propias de la Agencia conducentes a la enajenación de los bienes que ingresen al patrimonio del ESTADO NACIONAL como consecuencia de decomisos efectuados por orden del Poder Judicial, como así también de la atención de la administración y el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles en los cuales se hayan ordenado medidas cautelares de desapoderamiento, en el marco jurídico de lo normado en los Decretos N° 62 de fecha 21 de enero de 2019 y 598 de fecha 29 de agosto de 2019.

ARTÍCULO 2º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” tendrá como objetivos:

1. Efectuar un relevamiento interno de bienes muebles e inmuebles incorporados a la actividad de la Agencia, con base en:

a. Resoluciones judiciales que ejecuten decomisos.

b. Resoluciones judiciales relativas a medidas cautelares de desapoderamiento.

c. Resoluciones judiciales relativas a medidas cautelares genéricas.

2. Elaborar y proponer una clasificación de bienes muebles e inmuebles incorporados a la actividad de la Agencia, de acuerdo con la naturaleza del quehacer a cargo de la misma, respecto de ellos, como insumo para la toma de decisiones.

3. Articular con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional con competencia específica vinculada con los Objetivos de la Agencia para el diseño e implementación de circuitos de optimización de la administración, mantenimiento y enajenación de bienes decomisados y/o que fueran objeto de medidas de desapoderamiento, a cargo de la misma.

4. Colaborar, en el ámbito de su competencia, con la producción de información vinculada al cumplimiento del Decreto N° 826 de fecha 17 de junio de 2011 y sus modificatorios.

5. Informar con carácter previo a los Tribunales intervinientes, cuando la Agencia disponga actos relacionados con la administración y mantenimiento de bienes sometidos a medidas cautelares.

6. Colaborar con el diseño e implementación de una plataforma de acceso público para facilitar y agilizar la compra de los bienes que ingresen a la Agencia a los fines de su enajenación.

7. Identificar la necesidad de modificaciones normativas relacionadas con la administración, el mantenimiento y la enajenación de bienes decomisados y/o que fueran objeto de medidas de desapoderamiento, a cargo de la Agencia, elevando proyectos de modificación.

8. Coordinar la participación de las reparticiones de la Agencia en el diseño de los circuitos vinculados con la optimización de la administración, mantenimiento y enajenación de bienes decomisados y/o que fueran objeto de medidas de desapoderamiento a cargo de la misma.

9. Identificar las necesidades de celebración de convenios o protocolos con otras dependencias del PODER EJECUTIVO NACIONAL, MINISTERIO PÚBLICO FISCAL o PODER JUDICIAL, vinculados con la optimización de la administración, mantenimiento y enajenación de bienes decomisados y/o que fueran objeto de medidas de desapoderamiento, y elevarlas a consideración de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 3º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” estará a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango y jerarquía Director Nacional y remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I en carácter de Titular y de un funcionario fuera de nivel con jerarquía de Director y remuneración equivalente al Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, en carácter de Subtitular, ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada mediante el artículo 1º de esta medida quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la presente resolución, o hasta el cumplimiento del objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.

ARTÍCULO 5º.- Acéptase la renuncia presentada por el Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888) al cargo de Subtitular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO – MERCADO DE HACIENDA” creada por la Resolución Nº 507 de fecha 7 de julio de 2023 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 6º.- Desígnase al señor Federico Nicolás TAIANO (DNI 32.821.666), en el cargo de Titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” creada por el artículo 1º de la presente medida.

ARTÍCULO 7º.- Desígnase al Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888), en el cargo de Subtitular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” creada por el artículo 1º de la presente medida.

ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Entidad 205 – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 9º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 10.- Derógase la Resolución Nº 507/23 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos

e. 26/08/2024 N° 57108/24 v. 26/08/2024
Scroll hacia arriba