Resolución 1038 / 2021
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 24425
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 05-Ene-1995 |
Descripción
GATT - APLICACION - (SUPLEMENTO B.O.)APRUEBASE EL ACTA FINAL QUE INCORPORA LA RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES. DECLARACIONES Y ENTENDIMIENTOS MINISTERIALES Y EL ACUERDO DE MARRAKECH. PROMULGADA POR DECRETO 2279/94 (B.O. 5.1.95).
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Normativa / Número
Resolución 169 / 2018
SECRETARIA DE COMERCIO |
Fecha publicación 28-Mar-2018 |
Descripción
EQUIPAMIENTO ELECTRICOLA PRESENTE RESOLUCION TIENE POR OBJETO ASEGURAR QUE EL EQUIPAMIENTO ELECTRICO QUE SE COMERCIALICE EN LA REPUBLICA ARGENTINA CUMPLA CON LOS REQUISITOS QUE BRINDEN UN ELEVADO NIVEL DE PROTECCION A LA SALUD, LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y DE SUS ANIMALES DOMESTICOS Y BIENES. DEROGANSE LAS RESOLUCIONES Nº 44 DE FECHA 28 DE ABRIL DE 2004 DE LA SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA, Nº 171/16 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO, Nº 207 DE FECHA 17 DE MARZO DE 2017 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO DEL MINISTERIO DE PRODUCCION, Nº 390 DE FECHA 16 DE MAYO DE 2017 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO DEL MINISTERIO DE PRODUCCION Y DEROGANSE LAS DISPOSICIONES: Nº 1.139 DE FECHA 6 DE DICIEMBRE DE 1999, Nº 736 DE FECHA 29 DE JUNIO DE 1999, Nº 963 DE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DE 1999, Nº 914 DE FECHA 30 DE MAYO DE 2017, TODAS DE LA EX DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, Nº 922 DE FECHA 30 DE MAYO DE 2017 DE LA EX DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO, Nº 1.150 DE FECHA 20 DE JULIO DE 2017 DE LA EX DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR.
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Normativa / Número
Decreto DNU 274 / 2019
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 22-Abr-2019 |
Descripción
PRODUCTOS Y SERVICIOS COMERCIALIZADOS EN LA REPUBLICA ARGENTINAFINALIDAD. LOS TITULOS I, II, III, IV, V, VI Y VIII DEL PRESENTE DECRETO TIENEN POR OBJETO ASEGURAR LA LEALTAD Y TRANSPARENCIA EN LAS RELACIONES COMERCIALES Y GARANTIZAR EL ACCESO A INFORMACION ESENCIAL SOBRE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS COMERCIALIZADOS EN LA REPUBLICA ARGENTINA A TRAVES DE CANALES FISICOS O DIGITALES, EN INTERES DE TODOS LOS PARTICIPANTES DEL MERCADO. A LOS FINES DE ESTE DECRETO, SE ENTIENDE POR “MERCADO” AL AMBITO EN EL CUAL LOS OFERENTES Y DEMANDANTES DE UN BIEN O SERVICIO REALIZAN UNA (1) O MAS TRANSACCIONES COMERCIALES. DEROGASE LA LEY N°. 22.802 Y SUS MODIFICATORIAS. DEROGASE LA LEY N°. 22.802 Y SUS MODIFICATORIAS
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