INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 102/2020
RESFC-2020-102-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-18084511-APN-DAJ#INCUCAI, la RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI y la RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI; y
CONSIDERANDO
Que en el contexto del COVID-19 y las medidas decretadas al respecto por el Gobierno Nacional, el INCUCAI dispuso mediante RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI, entre otras acciones, la suspensión de los plazos para los trámites vinculados a las habilitaciones de establecimientos y profesionales, hasta el 15 de abril del año en curso.
Que dicho plazo fue prorrogado por RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI, hasta el 15 de mayo de 2020.
Que en atención a que aún se mantienen las razones que dieron origen al dictado de la medida, corresponde efectuar una nueva prórroga.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.447 y su Decreto Reglamentario N° 16/2019.
Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria del 15 de mayo de 2020, conforme surge del texto del Acta Nº 14.
Por ello;
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Suspéndase hasta el 15 de junio del año en curso, los plazos para los trámites vinculados a las habilitaciones de establecimientos, médicos y equipos de profesionales de salud, otorgadas por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN IMPLANTE (INCUCAI) conforme lo previsto por los artículos 5 y 9 de la Ley N° 27.447, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Jose Luis Bustos - Carlos Soratti
Resolución 102/2020
RESFC-2020-102-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-18084511-APN-DAJ#INCUCAI, la RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI y la RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI; y
CONSIDERANDO
Que en el contexto del COVID-19 y las medidas decretadas al respecto por el Gobierno Nacional, el INCUCAI dispuso mediante RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI, entre otras acciones, la suspensión de los plazos para los trámites vinculados a las habilitaciones de establecimientos y profesionales, hasta el 15 de abril del año en curso.
Que dicho plazo fue prorrogado por RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI, hasta el 15 de mayo de 2020.
Que en atención a que aún se mantienen las razones que dieron origen al dictado de la medida, corresponde efectuar una nueva prórroga.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.447 y su Decreto Reglamentario N° 16/2019.
Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria del 15 de mayo de 2020, conforme surge del texto del Acta Nº 14.
Por ello;
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Suspéndase hasta el 15 de junio del año en curso, los plazos para los trámites vinculados a las habilitaciones de establecimientos, médicos y equipos de profesionales de salud, otorgadas por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN IMPLANTE (INCUCAI) conforme lo previsto por los artículos 5 y 9 de la Ley N° 27.447, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Jose Luis Bustos - Carlos Soratti
e. 16/05/2020 N° 20058/20 v. 16/05/2020