Presidencia de la Nación

GRUPO DEL MERCADO COMUN



MERCOSUR/GMC/RES. N° 10/21

MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N9 07/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 26/16 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera, teniendo en cuenta que la Vil Enmienda del Sistema Armonizado entrará en vigor eM9 de enero de 2022.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución entrarán en vigor a partir del 01/IX/2021, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a su respectivo ordenamiento jurídico nacional previo a esa fecha.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 26/VIII/21.

ANEXO



Incluir en la tabla de ABREVIATURAS Y SÍMBOLOS la siguiente linea:



IF-2023-108059274-APN-DIM#MEC
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