SANIDAD ANIMAL
ENCEFALOPATIA ESPONGIRFORME BOVINA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Feb-2003
Resumen:
INCORPORASE LA ENFERMEDAD DENOMINADA ENCEFALOPATIA ESPONGIFORME BOVINA AL GRUPO MENCIONADO EN EL ARTICULO 4 DEL REGLAMENTO GENERAL DE POLICIA SANITARIA DE ANIMALES. ORGANISMOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE VIGILANCIA. DEROGASE LA RES. SENASA 172/97. (NOTA: ESTA NORMA NO SE RELACIONO CON UNO DE SUS ANTECEDENTES - RES. 172/97- YA QUE SEGUN NUESTROS REGISTROS NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL).-