MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
OFICINA ANTICORRUPCION
Resolución Nº 1/2013
Bs. As., 1/3/2013
VISTO la Ley Nº 25.188 —de Etica en el Ejercicio de la Función Pública— y el Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999, modificado por el Decreto Nº 808 del 20 de diciembre de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4°, segundo párrafo, de la Ley citada en el Visto se establece la obligación de actualizar anualmente la información contenida en la Declaración Jurada Patrimonial Integral de los funcionarios obligados a la presentación.
Que corresponde a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS establecer el período de presentación de la actualización correspondiente al año 2012.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999 y artículo 15 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1.000/2000.
Por ello,
EL FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Los funcionarios obligados deben presentar la actualización de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al año 2012 entre el 13 de mayo de 2013 y el 19 de julio de 2013.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — JULIO F. VITOBELLO, Fiscal de Control Administrativo, Oficina Anticorrupción.
OFICINA ANTICORRUPCION
Resolución Nº 1/2013
Bs. As., 1/3/2013
VISTO la Ley Nº 25.188 —de Etica en el Ejercicio de la Función Pública— y el Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999, modificado por el Decreto Nº 808 del 20 de diciembre de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4°, segundo párrafo, de la Ley citada en el Visto se establece la obligación de actualizar anualmente la información contenida en la Declaración Jurada Patrimonial Integral de los funcionarios obligados a la presentación.
Que corresponde a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS establecer el período de presentación de la actualización correspondiente al año 2012.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999 y artículo 15 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1.000/2000.
Por ello,
EL FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Los funcionarios obligados deben presentar la actualización de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al año 2012 entre el 13 de mayo de 2013 y el 19 de julio de 2013.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — JULIO F. VITOBELLO, Fiscal de Control Administrativo, Oficina Anticorrupción.
e. 08/03/2013 Nº 12812/13 v. 08/03/2013