MERCOSUR/LXXXIV CCM /P. RES. Nº 01/06
MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTEARANCEL EXTERNO COMUN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 7/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 65/01 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1º — Aprobar la "Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común", en sus versiones en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2º — Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la LXXXIV CCM- Montevideo, 12/V/06 presente Resolución, tendrán vigencia a partir del debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales antes de esa fecha.