IMPUESTOS
CREDITOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Abr-1990
Resumen:
SE DISPONE QUE EL PAGO DE LAS DEVOLUCIONES POR CREDITOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CORRESPONDIENTES A DETERMINADAS OPERACIONES DE EXPORTACION AL EXTRANJERO, SE EFECTUARA EN EFECTIVO. MECANISMO DE APLICACION.