MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO - SUSPENDASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
17-Mar-2020
Resumen:
SUSPENDASE EL DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO POR EL PLAZO DE CATORCE DIAS (14) DIAS, CON GOCE INTEGRO DE SUS REMUNERACIONES, A TODOS LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS QUE SE ENCUENTREN EN LAS SITUACIONES DESCRIPTAS EN LOS INCISOS A); B) Y C).