Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE ENERGIA


MINISTERIO DE ENERGÍA

Resolución 96/2018

RESOL-2018-96-APN-MEN

Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-12371593-APN-DDYME#MEM, la Resolución N° 83 del 2 de marzo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.093 dispuso el Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el territorio de la Nación Argentina.

Que en virtud de lo establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 109 del 9 de febrero de 2007, el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, a través de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, fue instituido como Autoridad de Aplicación de la citada ley, excepto en las cuestiones de índole tributaria o fiscal, de competencia técnica y funcional del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que a través del Decreto Nº 13 del 10 de diciembre de 2015 se adecuó la organización ministerial de gobierno, estableciéndose las competencias del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por medio del artículo 1º, inciso b) de la Resolución Nº 86 del 30 de mayo de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se delegaron en la ex SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS las funciones atribuidas por la Ley Nº 26.093 y el Decreto Nº 109/2007 a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que por medio del Decreto N° 1.025 del 12 de diciembre de 2017, entre otras cosas, se determinó que el precio del biodiesel destinado al mercado interno sería determinado por el ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, por sí o a través de las dependencias creadas bajo su órbita, facultándolo a dictar las normas que estime corresponder.

Que a través de la Resolución N° 83 del 2 de marzo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se aprobó el Procedimiento para la Determinación del Precio de Adquisición del Biodiesel Destinado a la Mezcla en el Mercado Interno, correspondiendo determinar el precio del citado producto a partir del 1 de agosto de 2018 y publicarlo en la página Web de este Ministerio, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la citada resolución.

Que mediante el artículo 8° del Decreto Nº 575 del 21 de junio de 2018 se sustituyó la denominación de MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA por la de MINISTERIO DE ENERGÍA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjase en PESOS VEINTIDÓS MIL NOVENTA Y CINCO ($ 22.095) por tonelada el precio de adquisición del biodiesel para su mezcla obligatoria con Gas Oil en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 26.093, el cual regirá para las ventas realizadas a partir del 1 de agosto de 2018 hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel

e. 15/08/2018 N° 59064/18 v. 15/08/2018
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