Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE TRANSPORTE


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 947/2006

Bs. As., 13/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0371108/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, titular de la concesión de los servicios ferroviarios metropolitanos de transporte de pasajeros de la ex-Línea BELGRANO NORTE según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 430 de fecha 22 de marzo de 1994, solicita se aprueben los trabajos y provisiones a realizar para la ejecución de la obra "Corrimiento de vías sector Aeroparque entre Km 3+683 y Km 6+907" en el marco del artículo 9º del Procedimiento para la Contratación de la Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes, aprobado por la Resolución Nº 187 de fecha 23 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que conforme la documentación técnica que obra en el expediente citado en el Visto, la obra de que se trata consiste en los trabajos necesarios para la liberación de la zona de la nueva traza, la excavación de la caja de asiento del terraplén, conformación de defensas y depresión de agua, carga y retiro del material de destape, construcción del núcleo de terraplén y de la capa superior de recubrimiento con suelo seleccionado, la construcción de la superestructura de vías con la tecnología de durmiente de hormigón de acuerdo a la Resolución Nº 98 de fecha 31 de marzo de 1999 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y a la totalidad de las obras complementarias, tales como construcción y traslado del señalamiento automático, comunicaciones, desagües, cercos perimetrales, calle de servicio, corrimiento de estructuras de carteles, construcción de un paso a nivel provisorio al sur de la Avenida Sarmiento y ripado de la actual vía descendente, posicionándola aproximadamente en la ubicación de la actual vía ascendente, para su desarrollo como futura vía tercera conjuntamente con la instalación y provisión de OCHO (8) aparatos de vía durmiente de madera.

Que asimismo, resulta necesario para la ejecución de esta obra la realización de los trabajos tendientes a resolver las interferencias de instalaciones de servicios públicos y/o privados de terceros, correspondientes al corrimiento y/o protecciones de instalaciones de servicios existentes, que se tramitarán por expediente separado.

Que los trabajos a realizar forman parte del conjunto de obras establecidas como prioritarias y urgentes en el Acta Acuerdo suscripta con fecha 10 de febrero de 2006, entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la FUERZA AEREA ARGENTINA, el MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA y la empresa FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, cuyo objeto es el de dar una solución urbanística integral a la zona circundante al Aeroparque JORGE NEWBERY, su entorno urbano y del corredor norte del Autopista ILLIA, para lo cual se deberán materializar las acciones conducentes, que incluyen ejecución de obras civiles, entre otras, el corrimiento de la estructura de vías correspondientes a la Línea BELGRANO NORTE.

Que por Acta Acuerdo complementaria al Acta Acuerdo de fecha 10 de febrero de 2006 citada en el considerando anterior, se acordó que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS asume a su cargo las obligaciones previstas a cuenta de AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, para la ejecución de la obra "Corrimiento de vías sector Aeroparque entre Km 3+683 y Km 6+907" y que el MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES se compromete a realizar a su cargo la construcción del paso bajo nivel de la Avenida Sarmiento, de conformidad al pliego visado por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que en el marco de la Ley Nº 25.561 de emergencia pública prorrogada por la Ley Nº 25.972, hasta el 31 de diciembre de 2005 y por la Ley Nº 26.077, hasta el 31 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, se declaró en estado de emergencia a la prestación de servicios correspondientes al sistema ferroviario de superficie y subterráneo de transporte de pasajeros en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que mediante el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 el ESTADO NACIONAL aprobó el Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes para Fortalecer y Desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que el Artículo 3º del Decreto Nº 1683/2005 instruyó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a introducir adecuaciones o modificaciones al programa de obras, trabajos indispensables, la adquisición de bienes, como también la incorporación de nuevas obras que no se encuentren comprendidas en el Artículo 1º de dicho decreto y que resulten necesarias y oportunas para el fortalecimiento y desarrollo del sistema ferroviario en su conjunto.

Que en tal sentido, corresponde incorporar la realización de aquellas obras que, efectuados los estudios técnicos correspondientes, se estimaron necesarias e imprescindibles para garantizar la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros.

Que además los citados trabajos forman parte de la obra general denominada "Mejoramiento vías con durmiente de hormigón con aparatos de vía. Incluye Aeroparque" que ha sido incluida en el Anexo de la Resolución Nº 328 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de fecha 9 de mayo de 2006, que determinó para el ejercicio del año 2006, la ejecución de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes aprobados por el Decreto Nº 1683/2005.

Que FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA propone la ejecución de la obra a través del método por administración, definido en el artículo 9º del Procedimiento para la Contratación de la Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes, aprobado por la Resolución Nº 187/06 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que el monto a erogar por los trabajos precitados, ascienden a PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL TREINTA Y UNO CON UN CENTAVO ($ 57.824.031,01) incluido el Impuesto al Valor Agregado, siendo considerada dicha oferta admisible técnicamente y razonable desde el punto de vista económico, según se informa en lo actuado.

Que además y de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, el monto máximo a reconocer en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, supervisión e inspección de obra, asciende a PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 4.669.290,50), incluido el Impuesto al Valor Agregado.

Que corresponde establecer la partida presupuestaria que solventará la erogación que demande la ejecución de la obra.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Nº 2075/2002, el financiamiento y pago de las obras y trabajos indispensables de las Bases de los Programas de Emergencia provendrán de aportes presupuestarios, de los fondos recaudados en concepto de ingresos adicionales por tarifa, destinados al Fondo de Inversiones constituido a partir de dichos ingresos y de otros aportes estatales.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado en la presente actuación la intervención que le compete.

Que para posibilitar la ejecución de la obra en el plazo estipulado, dada la estructura de costos de la misma, resulta necesario que la forma de certificación y pago contemple la asignación de un anticipo financiero.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido en el artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de Noviembre de 2003.

Que la medida a adoptar encuadra en el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, en el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005, en la Resolución Nº 187 de fecha 23 de marzo de 2006 y en la Resolución Nº 328 de fecha 9 de mayo de 2006, ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Incorpórase la obra "Corrimiento de vías sector Aeroparque entre Km 3+683 y Km 6+907", al ANEXO I - SERVICIOS FERROVIARIOS METROPOLITANOS, LINEA BELGRANO NORTE - del Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

ARTICULO 2º — Apruébase a FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, titular de la Concesión de los Servicios Ferroviarios Metropolitanos de Transporte de Pasajeros de la Línea BELGRANO NORTE, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 430 de fecha 22 de marzo de 1994, la realización de los trabajos y provisiones necesarios para la ejecución de la obra "Corrimiento de vías sector Aeroparque entre Km 3+683 y Km 6+907", en el marco del Artículo 9º del Procedimiento para la Contratación de la Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes, aprobado por la Resolución Nº 187 de fecha 23 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3º — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de pago de los trabajos y provisiones indicados en el artículo 2º de la presente resolución, en la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL TREINTA Y UNO CON UN CENTAVO ($ 57.824.031,01) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 4º — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, supervisión e inspección de obra de los trabajos y provisiones indicados en el artículo 2º de la presente resolución, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 4.669.290,50), incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 5º — Dentro de los VEINTE (20) días de la fecha de notificación de la presente resolución, FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA presentará para su aprobación, ante la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la correspondiente documentación técnica y el cronograma detallado de las obras debiendo ejecutarse la mismas en un plazo máximo de DIECISIETE (17) meses a partir de la firma del Acta de Inicio de los trabajos.

ARTICULO 6º — La empresa FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA podrá facturar, en concepto de anticipo, un VEINTE POR CIENTO (20%) del costo de la obra, dentro de los TREINTA (30) días de la vigencia de la presente resolución, el que será abonado previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º de la misma. El anticipo será descontado en forma proporcional de cada Certificado de Obras.

FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA deberá acompañar la documentación requerida para el anticipo con una Póliza de Seguro de Caución por un monto igual al de la obra, a fin de garantizar convenientemente el adelanto que se otorgue.

ARTICULO 7º — La ejecución, fiscalización, certificación, pago y recepción de la obra mencionada en el artículo 2º de la presente resolución, se ajustará en lo pertinente al Procedimiento para la Contratación de las Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes, aprobado por Resolución Nº 187 de fecha 23 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 8º — El gasto resultante de la aplicación de la presente Resolución se imputará a la Jurisdicción 56, Programa 55, Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional, Presupuesto del año 2006 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 9º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 20/12 Nº 533.174 v. 20/12/2006

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