IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
RG AFIP 129 Y 18 - MODIFICACIONES -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Oct-2000
Resumen:
IVA. COMERCIALIZACION DE GRANOS NO DESTINADOS A LA SIEMBRA - CEREALES Y OLEAGINOSOS-, LEGUMBRES SECAS - POROTOS, ARVEJAS Y LENTEJAS-, CAÑA DE AZUCAR Y ALGODON EN BRUTO. REGIMEN DE RETENCION. REGISTRO FISCAL DE OPERADORES. RG AFIP 129 Y 18. SUS MODIFICACIONES.-
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 20 DE LA RESOLUCION GENERAL 2854 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 28/06/2010, PAGINA 12. VIGENCIA: VER ARTICULO 19 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.