SANIDAD ANIMAL
BARRERA SANITARIA - IMPLEMENTACION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Mar-2001
Resumen:
IMPLEMENTASE LA BARRERA SANITARIA DEL PARALELO 42RO. QUE COMPRENDE LAS PROVINCIAS DE CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR. REQUISITOS SANITARIOS PARA EL INGRESO DE CARNE, PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL DE ESPECIES SUSCEPTIBLES A LA FIEBRE AFTOSA A DICHA REGION, PROVENIENTES DEL NORTE DEL PARALELO 42RO. -
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 4 DE LA RES. 25/01 - BO 27/4/01.-