Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE ARTICULACION INTERJURISDICCIONAL


MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL

Resolución 8/2021

RESOL-2021-8-APN-SAI#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021

VISTO el Expediente EX-2021-63616443-APN-DGD#MTR, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, la Ley N° 27.591, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, las Decisiones Administrativas N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 y N° 4 de fecha 15 de enero de 2021, la Resolución N° 300 de fecha 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 300 de fecha 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se aprobó el “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PAR.AR)” a los fines de brindar asistencia técnica, económica y financiera a los gobiernos provinciales, municipales y/o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el objeto de diseñar y desarrollar puntos de asistencia en ruta en todo el territorio nacional con criterio orgánico e integrador, a través de una red nacional que brinde servicios al autotransporte registrado en cualquier región del país, que facilite el cumplimiento de las exigencias del descanso y la apoyatura a la actividad de suministro y abastecimiento, y que se articule con los principales centros generadores y atractores de viajes, de transferencia de cargas y nodos logísticos.

Que, a su vez, por la Resolución N° 300/21 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se estableció que esta SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL será la Autoridad de Aplicación del “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PAR.AR)”y, como tal, tiene a su cargo la formulación de las normas aclaratorias y complementarias y los actos de ejecución.

Que, por su parte, por dicha norma se encomendó a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE la redacción de los lineamientos conceptuales para el desarrollo del programa allí aprobado, con la intervención de las áreas competentes, a los fines de ser aprobados por la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, en este marco, tomó intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGAS Y LOGÍSTICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TRANSPORTE de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, a dichos efectos, la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE dio intervención a las áreas competentes por medio de la Nota N° NO-2021 81664302-APN-SECPT#MTR de fecha 1° de septiembre de 2021.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNEROS Y DIVERSIDADES dependiente de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 50/2019 y su modificatorio Nº 335/2021 la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 N° 27.591 y la Decisión Administrativa N° 4/2021.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Apruébanse los lineamientos conceptuales para el desarrollo del “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PAR.AR)” creado por el artículo 1° de la Resolución N° 300 de fecha 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, que como Anexo (IF-2021-112705030-APN-SAI#MTR) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcos Cesar Farina

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/11/2021 N° 89761/21 v. 24/11/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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