MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 8/2020
RESOL-2020-8-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-01703777-APN-SSAJI#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 y sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social, desarrollo humano, seguridad alimentaria, reducción de la pobreza, y desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.
Que, por la Ley Nº 27.519, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 la Emergencia Alimentaria Nacional dispuesta por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 108/2002.
Que por los Artículos 2º y 3º de la Ley de Emergencia Alimentaria establecen que concierne al Estado Nacional garantizar, en forma permanente y de manera prioritaria, el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria y nutricional de la población de la República Argentina, según lo establece la Ley Nº 25.724 que crea el Programa de Alimentación y Nutrición Nacional; y que el Derecho Humano a una alimentación adecuada se asume como Política de Estado.
Que en virtud de la emergencia alimentaria y nutricional por la que atraviesa nuestro país, resulta imprescindible entender que todas las acciones y estrategias que lleva adelante este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a través de sus distintos programas, tienen como finalidad última brindar respuesta a tan angustiante situación.
Que por ello, entendemos a las políticas y estrategias como integrales y transversales. El diseño y la implementación de dichas políticas se basa en un enfoque interdisciplinario garantizando la coordinación interjurisdiccional e intersectorial de diversos organismos y niveles del Estado nacional, provincial, y municipal, y actores de la sociedad civil para el logro de los objetivos planteados. Si bien cada uno de los programas y acciones específicas que lleva adelante este organismo resultan importantes para la mayoría de la población, las mismas deben priorizar a las personas en situación de inseguridad alimentaria.
Que, conforme lo que establecen los diversos Instrumentos Internacionales a los que la CONSTITUCION NACIONAL, mediante el inciso 22 del Artículo 75, le otorgó jerarquía constitucional como el Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, resulta prioritario hacer efectivo el derecho a una alimentación de calidad resulta prioritario.
Que, en el marco de lo expuesto, para dar respuesta a la problemática del hambre en la República Argentina se requiere de un enfoque integral, en tanto la seguridad alimentaria está asociada al bienestar social y a su expresión en diferentes dimensiones (economía, cuidado, salud y educación entre otras).
Que, en esta instancia, resulta necesario implementar acciones que, con la participación de los distintos actores de la sociedad, nos permitan dar respuesta a las demandas de la población destinataria de las políticas de Estado que se llevan a cabo en cumplimiento de las competencias de esta Cartera Ministerial.
Que, en tal sentido y con la finalidad de lograr el cumplimiento de los lineamientos dispuestos por el SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA, corresponde establecer un Plan Nacional que permita la concreción de los mismos.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha intervenido en el marco que le compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha intervenido conforme sus competencias.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, y el Decreto Nº 14 del 10 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE” en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de la NACIÓN cuyo objetivo general es garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas, con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social, apoyándose en el fortalecimiento de las acciones que lleva adelante el Programa Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y todo otro programa y/o dispositivo institucional que se complemente y/o tenga como finalidad última brindar respuesta a la temática alimentaria.
ARTÍCULO 2º.- Apruébense los lineamientos generales y componentes establecidos en el Anexo, identificado como IF-2020-01699794-APN-SSAJI#MSYDS, que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Designase a la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL como Unidad de Aplicación del componente A. SEGURIDAD ALIMENTARIA, descripto en el Anexo de la presente.
ARTICULO 4º.- Instrúyese a la SECRETARIA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL a implementar las acciones que resulten necesarias a fin de dar cumplimiento a los objetivos del componente B. ASISTENCIA ALIMENTARIA EN SITUACIONES CRITICAS Y/O DE EMERGENCIA descripto en el Anexo de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que, con excepción de lo establecido en los artículos 3º y 4º de la presente, los demás componentes detallados en el Anexo, que por el artículo 2º se aprueban serán de implementación transversal e integral a las distintas Secretarías de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO 6°.- El MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL dictará las normas complementarias que resulten necesarias como consecuencia de la implementación del PLAN que por el artículo 1º se crea.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. Daniel Fernando Arroyo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 8/2020
RESOL-2020-8-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-01703777-APN-SSAJI#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 y sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social, desarrollo humano, seguridad alimentaria, reducción de la pobreza, y desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.
Que, por la Ley Nº 27.519, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 la Emergencia Alimentaria Nacional dispuesta por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 108/2002.
Que por los Artículos 2º y 3º de la Ley de Emergencia Alimentaria establecen que concierne al Estado Nacional garantizar, en forma permanente y de manera prioritaria, el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria y nutricional de la población de la República Argentina, según lo establece la Ley Nº 25.724 que crea el Programa de Alimentación y Nutrición Nacional; y que el Derecho Humano a una alimentación adecuada se asume como Política de Estado.
Que en virtud de la emergencia alimentaria y nutricional por la que atraviesa nuestro país, resulta imprescindible entender que todas las acciones y estrategias que lleva adelante este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a través de sus distintos programas, tienen como finalidad última brindar respuesta a tan angustiante situación.
Que por ello, entendemos a las políticas y estrategias como integrales y transversales. El diseño y la implementación de dichas políticas se basa en un enfoque interdisciplinario garantizando la coordinación interjurisdiccional e intersectorial de diversos organismos y niveles del Estado nacional, provincial, y municipal, y actores de la sociedad civil para el logro de los objetivos planteados. Si bien cada uno de los programas y acciones específicas que lleva adelante este organismo resultan importantes para la mayoría de la población, las mismas deben priorizar a las personas en situación de inseguridad alimentaria.
Que, conforme lo que establecen los diversos Instrumentos Internacionales a los que la CONSTITUCION NACIONAL, mediante el inciso 22 del Artículo 75, le otorgó jerarquía constitucional como el Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, resulta prioritario hacer efectivo el derecho a una alimentación de calidad resulta prioritario.
Que, en el marco de lo expuesto, para dar respuesta a la problemática del hambre en la República Argentina se requiere de un enfoque integral, en tanto la seguridad alimentaria está asociada al bienestar social y a su expresión en diferentes dimensiones (economía, cuidado, salud y educación entre otras).
Que, en esta instancia, resulta necesario implementar acciones que, con la participación de los distintos actores de la sociedad, nos permitan dar respuesta a las demandas de la población destinataria de las políticas de Estado que se llevan a cabo en cumplimiento de las competencias de esta Cartera Ministerial.
Que, en tal sentido y con la finalidad de lograr el cumplimiento de los lineamientos dispuestos por el SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA, corresponde establecer un Plan Nacional que permita la concreción de los mismos.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha intervenido en el marco que le compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha intervenido conforme sus competencias.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, y el Decreto Nº 14 del 10 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE” en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de la NACIÓN cuyo objetivo general es garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas, con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social, apoyándose en el fortalecimiento de las acciones que lleva adelante el Programa Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y todo otro programa y/o dispositivo institucional que se complemente y/o tenga como finalidad última brindar respuesta a la temática alimentaria.
ARTÍCULO 2º.- Apruébense los lineamientos generales y componentes establecidos en el Anexo, identificado como IF-2020-01699794-APN-SSAJI#MSYDS, que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Designase a la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL como Unidad de Aplicación del componente A. SEGURIDAD ALIMENTARIA, descripto en el Anexo de la presente.
ARTICULO 4º.- Instrúyese a la SECRETARIA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL a implementar las acciones que resulten necesarias a fin de dar cumplimiento a los objetivos del componente B. ASISTENCIA ALIMENTARIA EN SITUACIONES CRITICAS Y/O DE EMERGENCIA descripto en el Anexo de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que, con excepción de lo establecido en los artículos 3º y 4º de la presente, los demás componentes detallados en el Anexo, que por el artículo 2º se aprueban serán de implementación transversal e integral a las distintas Secretarías de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO 6°.- El MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL dictará las normas complementarias que resulten necesarias como consecuencia de la implementación del PLAN que por el artículo 1º se crea.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. Daniel Fernando Arroyo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/01/2020 N° 1417/20 v. 13/01/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
INTRODUCCIÓN / FUNDAMENTOS
Durante los últimos años, la Argentina observó un proceso de deterioro económico y social, manifestado en un considerable aumento de la pobreza, la indigencia y el desempleo. Según datos del INDEC para el primer semestre de 2019, la pobreza subió a 35,4%, esto es, 14,4 millones de personas en condición de pobreza (INDEC 2019)[1].
Entre el período 2014-2016 y el correspondiente a 2016-2018, el porcentaje de población que experimentó inseguridad alimentaria moderada o grave pasó del 19,1 % al 32,1% o, lo que es lo mismo, de 8,3 millones de personas a 14,2 millones. Este incremento en 5,9 millones de personas equivale a una suba del 71 por ciento en el total de individuos con falta de acceso continuado a los alimentos (FAO, FIDA, OMS, PMA y UNICEF 2019/ [2].
En consecuencia, existe en el país un amplio sector de la población que presenta barreras de acceso a una alimentación sostenible. Tal es así, que la Ley 27.519 sancionada durante el 2019 por el Honorable Congreso de la Nación reconoce la crisis alimentaria existente y prorroga la Emergencia Alimentaria dispuesta por el Decreto 108 del año 2002, hasta diciembre del año 2022.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, tiene como principales objetivos: promover el desarrollo social; fortalecer las capacidades humanas, individuales y colectivas; atender a la población en situación de vulnerabilidad social; promover los derechos de los sectores más vulnerables y la construcción de ciudadanía, promover el trabajo a través de la capacitación laboral y la actividad productiva fortaleciendo la economía social, solidaria y popular, como así también abordar un proceso de reorientación gradual de la estrategia de gestión de los Programas alimentarios. Dicho cambio obedece a la necesidad de modificar la modalidad de acceso de las familias a los alimentos y, consecuentemente, de enriquecer las acciones de contención, orientación y acompañamiento de las familias.
El padecimiento de la inseguridad alimentaria, afecta directamente las posibilidades de alcanzar un desarrollo humano integral, repercutiendo negativamente en diferentes dimensiones de la vida de las personas como lo son la educación, la salud, el trabajo, condicionando las posibilidades de alcanzar el desarrollo de una vida plenamente productiva, activa y saludable (FAO 2006) [3] .
Hacer efectivo el derecho a una alimentación de calidad es fundamental conforme lo que establecen diversos Instrumentos Internacionales a los que la Constitución Nacional, mediante el inciso 22 del Artículo 75, les otorgó jerarquía constitucional, como el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El derecho a la alimentación es una pieza clave para garantizar el cumplimiento de otros derechos fundamentales, en tanto su cumplimiento posibilita satisfacer necesidades vitales, sin las cuales las funciones básicas de la vida se encuentran disminuidas, sobre todo durante los primeros años de vida. La ausencia de una alimentación saludable durante la infancia, incide en el crecimiento psicofísico, cognitivo y el desarrollo integral de niñas y niños a futuro (OMS y UNICEF 2018)[4].
La realidad que afrontan millones de argentinos y argentinas en la actualidad, expresada en la reducción del consumo de leche o reducción de las ingestas alimentarias, requiere de manera urgente, mejorar los ingresos de las familias argentinas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, ya sea por su condición de pobreza, indigencia, o por transitar situaciones de desocupación o informalidad.
La inseguridad alimentaria, es el problema social más importante que hoy debe enfrentar la Argentina, frente al cual el gobierno ha asumido el compromiso social y político, de brindar una respuesta de manera urgente.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, ha definido como lineamiento central de su política social, la atención inmediata del hambre en la Argentina, impulsando acciones que, de forma urgente, atiendan la situación de inseguridad y soberanía alimentaria[5] en la que se encuentra un importante sector de la población, a causa de la crisis social y económica que atraviesa el país.
Atender la problemática del hambre, exige un enfoque integral, en tanto la seguridad alimentaria está asociada al bienestar social y su expresión en diferentes dimensiones como la económica, y aquellas relativas al ámbito del cuidado, de la salud y la educación. Dicha problemática, se encuentra asociada, entre otros factores, al nivel de ingreso de las familias, los precios, la cantidad y la calidad de los alimentos, a los que cada persona o grupo puede acceder.
El PLAN ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE, constituye una política de Estado basada en un enfoque integral, guiada por el consenso y la participación de distintos actores de la sociedad. La implementación del Plan involucra el trabajo conjunto de diversos organismos y niveles del Estado nacional, provincial, y municipal, y actores de la sociedad civil que acompañan acciones para la atención de la población destinataria y el logro de los objetivos planteados.
Toda política alimentaria es entendida como parte de una política de promoción y protección de la infancia resignificando el sentido de promoción del desarrollo infantil autónomo y seguro y su vinculación con la organización familiar. En tal sentido, la estrategia del Plan Argentina Contra el Hambre se asienta en el fortalecimiento del protagonismo de las familias como espacio vital en la resolución de los aspectos alimentarios y de los factores que inciden en el desarrollo infantil integral y de sus comunidades.
I. OBJETIVO GENERAL DEL PLAN
Garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social.
II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Implementar un sistema que complemente los ingresos del hogar para la compra de alimentos, priorizando en los mismos a padres y/o madres con niños y niñas de hasta 6 años, mujeres embarazadas a partir de los 3 meses y personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
Fortalecer las prestaciones alimentarias dirigidas a provincias, municipios, comedores comunitarios, comedores escolares y organizaciones sociales.
Favorecer la participación de las familias y las comunidades en la producción de alimentos a fin de diversificar y mejorar sus consumos en pos de una alimentación saludable.
Promover sistemas de producción de alimentos a través del fortalecimiento de la economía solidaria, social y popular, el cooperativismo y la agricultura familiar.
Propiciar la participación de redes comunitarias para el acompañamiento y seguimiento de las familias en la incorporación de hábitos saludables de alimentación, higiene y nutrición.
Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación de resultados e impactos de las acciones que componen el Plan.
III. POBLACIÓN DESTINATARIA
Las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y padecen inseguridad alimentaria. Se atenderá a las familias y comunidades en situación de pobreza priorizando aquellos hogares con niños y niñas menores de 6 años, mujeres embarazadas y personas con discapacidad. Asimismo se prestará especial atención a los y las adultos mayores y adolescentes que presenten dificultades para acceder a una alimentación adecuada.
IV. MODELO DE GESTIÓN
El Plan será implementado desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en articulación con otros organismos públicos, para garantizar la coordinación interjurisdiccional e intersectorial de los distintos componentes del Plan.
V. COMPONENTES
El Plan Argentina Contra el Hambre consta de los siguientes componentes:
A. SEGURIDAD ALIMENTARIA
El objetivo de este componente consiste en garantizar a las familias más vulnerables el acceso a los alimentos. Este componente incluye:
1. Tarjeta Alimentar.
2. Prestaciones para comedores escolares.
3. Prestaciones para merenderos y comedores comunitarios.
B. ASISTENCIA ALIMENTARIA EN SITUACIONES CRITICAS Y/O DE EMERGENCIA
El objetivo de este componente consiste en brindar asistencia alimentaria frente a situaciones criticas, de emergencia social, económica, y/o climática que afecten el bienestar de las familias y de las comunidades.
Este componente incluye la distribución de prestaciones alimentarias a las personas y/o grupo familiar en forma directa y/o a través de organismos gubernamentales y no gubernamentales.
C. APOYO A LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS
El objetivo de este componente es favorecer la producción y comercialización de alimentos de la economía solidaria, social y popular, el cooperativismo y la agricultura familiar. Este componente incluye:
1. Creación y fortalecimiento de mercados populares.
2. Financiamiento a productores de la economía solidaria, social y popular.
3. Apoyo a la producción de la agricultura familia
D. FORTALECIMIENTO DE REDES COMUNITARIAS
El objetivo de este componente es fortalecer las redes de actores comunitarios para que operen de manera integrada en el fortalecimiento de las familias en el cuidado de la primera infancia, la seguridad alimentaria, la salud y la educación.
E. MONITOREO Y EVALUACIÓN
El objetivo de este componente es implementar un sistema integrado de monitoreo, seguimiento y evaluación del Plan. Se promocionará la aplicación de las ciencias y de las tecnologías para mejorar la calidad alimentaria y nutricional de la población y se realizarán capacitaciones interdisciplinarias a promotoras y promotores de seguridad alimentaria y nutricional.
VI. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
La implementación del Plan involucrar acciones de diversos organismos y niveles del Estado, organizaciones sociales y comunitarias, sindicatos, organizaciones empresariales, instituciones religiosas, etcétera.
Compete al Ministerio de Desarrollo Social: diseñar e implementar los programas sociales que componen el Plan según su competencia y coordinar acciones con ANSES, Banco de la Nación Argentina, bancos provinciales y otros organismos públicos nacionales, provinciales, y municipios para dar cumplimiento a los lineamientos del Plan.
Instar a las provincias y municipios a llevar adelante actividades para la implementación de los componentes del Plan en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; promover prácticas de consumo saludables desde el ámbito de la salud y la educación.
Las organizaciones sociales y comunitarias participaran de las actividades asociadas a la ejecución del Plan.
[1] Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). (2019). Informes Técnicos. Vol. 3, n° 182. Condiciones de vida. Vol. 3, n° 13. Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos. Primer semestre de 2019.
[2] FAO, FIDA, OMS, PMA y UNICEF. (2019). El estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo 2019. Protegerse frente a la desaceleración y el debilitamiento de la economía. Roma, FAO.
[3]
Según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), desde la Cumbre Mundial de la Alimentación (CMA) de 1996, la Seguridad Alimentaria 'a nivel de individuo, hogar, nación y global, se consigue cuando todas las personas, en todo momento, tienen acceso físico y económico a suficiente alimento, seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida activa y sana'. FAO. 2006. Seguridad alimentaria. Informe de políticas, 2.
[4] Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF. (2018). The extension of the 2025 Maternal, Infant and Young Child nutrition targets to 2030. WHO/UNICEF Discussion paper.
[5] Food Secure Canada. 2012. The Six Pillars of Food Sovereignty, Developed at Nyéléni, 2007 (disponible en https://www.globaljustice.org.uk/six-pillars-food-sovereignty). La soberanía alimentaria descansa en seis pilares: 1. se centra alimentos para los pueblos poniendo la necesidad de alimentación de las personas en el centro de las políticas; 2. pone valor en los proveedores de alimentos; 3. localiza los sistemas alimentarios; 4. sitúa el control a nivel local; 5. promueve el conocimiento y las habilidades; y 6. es ambientalmente sostenible.
PLAN ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE
INTRODUCCIÓN / FUNDAMENTOS
Durante los últimos años, la Argentina observó un proceso de deterioro económico y social, manifestado en un considerable aumento de la pobreza, la indigencia y el desempleo. Según datos del INDEC para el primer semestre de 2019, la pobreza subió a 35,4%, esto es, 14,4 millones de personas en condición de pobreza (INDEC 2019)[1].
Entre el período 2014-2016 y el correspondiente a 2016-2018, el porcentaje de población que experimentó inseguridad alimentaria moderada o grave pasó del 19,1 % al 32,1% o, lo que es lo mismo, de 8,3 millones de personas a 14,2 millones. Este incremento en 5,9 millones de personas equivale a una suba del 71 por ciento en el total de individuos con falta de acceso continuado a los alimentos (FAO, FIDA, OMS, PMA y UNICEF 2019/ [2].
En consecuencia, existe en el país un amplio sector de la población que presenta barreras de acceso a una alimentación sostenible. Tal es así, que la Ley 27.519 sancionada durante el 2019 por el Honorable Congreso de la Nación reconoce la crisis alimentaria existente y prorroga la Emergencia Alimentaria dispuesta por el Decreto 108 del año 2002, hasta diciembre del año 2022.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, tiene como principales objetivos: promover el desarrollo social; fortalecer las capacidades humanas, individuales y colectivas; atender a la población en situación de vulnerabilidad social; promover los derechos de los sectores más vulnerables y la construcción de ciudadanía, promover el trabajo a través de la capacitación laboral y la actividad productiva fortaleciendo la economía social, solidaria y popular, como así también abordar un proceso de reorientación gradual de la estrategia de gestión de los Programas alimentarios. Dicho cambio obedece a la necesidad de modificar la modalidad de acceso de las familias a los alimentos y, consecuentemente, de enriquecer las acciones de contención, orientación y acompañamiento de las familias.
El padecimiento de la inseguridad alimentaria, afecta directamente las posibilidades de alcanzar un desarrollo humano integral, repercutiendo negativamente en diferentes dimensiones de la vida de las personas como lo son la educación, la salud, el trabajo, condicionando las posibilidades de alcanzar el desarrollo de una vida plenamente productiva, activa y saludable (FAO 2006) [3] .
Hacer efectivo el derecho a una alimentación de calidad es fundamental conforme lo que establecen diversos Instrumentos Internacionales a los que la Constitución Nacional, mediante el inciso 22 del Artículo 75, les otorgó jerarquía constitucional, como el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El derecho a la alimentación es una pieza clave para garantizar el cumplimiento de otros derechos fundamentales, en tanto su cumplimiento posibilita satisfacer necesidades vitales, sin las cuales las funciones básicas de la vida se encuentran disminuidas, sobre todo durante los primeros años de vida. La ausencia de una alimentación saludable durante la infancia, incide en el crecimiento psicofísico, cognitivo y el desarrollo integral de niñas y niños a futuro (OMS y UNICEF 2018)[4].
La realidad que afrontan millones de argentinos y argentinas en la actualidad, expresada en la reducción del consumo de leche o reducción de las ingestas alimentarias, requiere de manera urgente, mejorar los ingresos de las familias argentinas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, ya sea por su condición de pobreza, indigencia, o por transitar situaciones de desocupación o informalidad.
La inseguridad alimentaria, es el problema social más importante que hoy debe enfrentar la Argentina, frente al cual el gobierno ha asumido el compromiso social y político, de brindar una respuesta de manera urgente.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, ha definido como lineamiento central de su política social, la atención inmediata del hambre en la Argentina, impulsando acciones que, de forma urgente, atiendan la situación de inseguridad y soberanía alimentaria[5] en la que se encuentra un importante sector de la población, a causa de la crisis social y económica que atraviesa el país.
Atender la problemática del hambre, exige un enfoque integral, en tanto la seguridad alimentaria está asociada al bienestar social y su expresión en diferentes dimensiones como la económica, y aquellas relativas al ámbito del cuidado, de la salud y la educación. Dicha problemática, se encuentra asociada, entre otros factores, al nivel de ingreso de las familias, los precios, la cantidad y la calidad de los alimentos, a los que cada persona o grupo puede acceder.
El PLAN ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE, constituye una política de Estado basada en un enfoque integral, guiada por el consenso y la participación de distintos actores de la sociedad. La implementación del Plan involucra el trabajo conjunto de diversos organismos y niveles del Estado nacional, provincial, y municipal, y actores de la sociedad civil que acompañan acciones para la atención de la población destinataria y el logro de los objetivos planteados.
Toda política alimentaria es entendida como parte de una política de promoción y protección de la infancia resignificando el sentido de promoción del desarrollo infantil autónomo y seguro y su vinculación con la organización familiar. En tal sentido, la estrategia del Plan Argentina Contra el Hambre se asienta en el fortalecimiento del protagonismo de las familias como espacio vital en la resolución de los aspectos alimentarios y de los factores que inciden en el desarrollo infantil integral y de sus comunidades.
I. OBJETIVO GENERAL DEL PLAN
Garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social.
II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Implementar un sistema que complemente los ingresos del hogar para la compra de alimentos, priorizando en los mismos a padres y/o madres con niños y niñas de hasta 6 años, mujeres embarazadas a partir de los 3 meses y personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
Fortalecer las prestaciones alimentarias dirigidas a provincias, municipios, comedores comunitarios, comedores escolares y organizaciones sociales.
Favorecer la participación de las familias y las comunidades en la producción de alimentos a fin de diversificar y mejorar sus consumos en pos de una alimentación saludable.
Promover sistemas de producción de alimentos a través del fortalecimiento de la economía solidaria, social y popular, el cooperativismo y la agricultura familiar.
Propiciar la participación de redes comunitarias para el acompañamiento y seguimiento de las familias en la incorporación de hábitos saludables de alimentación, higiene y nutrición.
Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación de resultados e impactos de las acciones que componen el Plan.
III. POBLACIÓN DESTINATARIA
Las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y padecen inseguridad alimentaria. Se atenderá a las familias y comunidades en situación de pobreza priorizando aquellos hogares con niños y niñas menores de 6 años, mujeres embarazadas y personas con discapacidad. Asimismo se prestará especial atención a los y las adultos mayores y adolescentes que presenten dificultades para acceder a una alimentación adecuada.
IV. MODELO DE GESTIÓN
El Plan será implementado desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en articulación con otros organismos públicos, para garantizar la coordinación interjurisdiccional e intersectorial de los distintos componentes del Plan.
V. COMPONENTES
El Plan Argentina Contra el Hambre consta de los siguientes componentes:
A. SEGURIDAD ALIMENTARIA
El objetivo de este componente consiste en garantizar a las familias más vulnerables el acceso a los alimentos. Este componente incluye:
1. Tarjeta Alimentar.
2. Prestaciones para comedores escolares.
3. Prestaciones para merenderos y comedores comunitarios.
B. ASISTENCIA ALIMENTARIA EN SITUACIONES CRITICAS Y/O DE EMERGENCIA
El objetivo de este componente consiste en brindar asistencia alimentaria frente a situaciones criticas, de emergencia social, económica, y/o climática que afecten el bienestar de las familias y de las comunidades.
Este componente incluye la distribución de prestaciones alimentarias a las personas y/o grupo familiar en forma directa y/o a través de organismos gubernamentales y no gubernamentales.
C. APOYO A LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS
El objetivo de este componente es favorecer la producción y comercialización de alimentos de la economía solidaria, social y popular, el cooperativismo y la agricultura familiar. Este componente incluye:
1. Creación y fortalecimiento de mercados populares.
2. Financiamiento a productores de la economía solidaria, social y popular.
3. Apoyo a la producción de la agricultura familia
D. FORTALECIMIENTO DE REDES COMUNITARIAS
El objetivo de este componente es fortalecer las redes de actores comunitarios para que operen de manera integrada en el fortalecimiento de las familias en el cuidado de la primera infancia, la seguridad alimentaria, la salud y la educación.
E. MONITOREO Y EVALUACIÓN
El objetivo de este componente es implementar un sistema integrado de monitoreo, seguimiento y evaluación del Plan. Se promocionará la aplicación de las ciencias y de las tecnologías para mejorar la calidad alimentaria y nutricional de la población y se realizarán capacitaciones interdisciplinarias a promotoras y promotores de seguridad alimentaria y nutricional.
VI. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
La implementación del Plan involucrar acciones de diversos organismos y niveles del Estado, organizaciones sociales y comunitarias, sindicatos, organizaciones empresariales, instituciones religiosas, etcétera.
Compete al Ministerio de Desarrollo Social: diseñar e implementar los programas sociales que componen el Plan según su competencia y coordinar acciones con ANSES, Banco de la Nación Argentina, bancos provinciales y otros organismos públicos nacionales, provinciales, y municipios para dar cumplimiento a los lineamientos del Plan.
Instar a las provincias y municipios a llevar adelante actividades para la implementación de los componentes del Plan en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; promover prácticas de consumo saludables desde el ámbito de la salud y la educación.
Las organizaciones sociales y comunitarias participaran de las actividades asociadas a la ejecución del Plan.
[1] Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). (2019). Informes Técnicos. Vol. 3, n° 182. Condiciones de vida. Vol. 3, n° 13. Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos. Primer semestre de 2019.
[2] FAO, FIDA, OMS, PMA y UNICEF. (2019). El estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo 2019. Protegerse frente a la desaceleración y el debilitamiento de la economía. Roma, FAO.
[3]
Según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), desde la Cumbre Mundial de la Alimentación (CMA) de 1996, la Seguridad Alimentaria 'a nivel de individuo, hogar, nación y global, se consigue cuando todas las personas, en todo momento, tienen acceso físico y económico a suficiente alimento, seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida activa y sana'. FAO. 2006. Seguridad alimentaria. Informe de políticas, 2.
[4] Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF. (2018). The extension of the 2025 Maternal, Infant and Young Child nutrition targets to 2030. WHO/UNICEF Discussion paper.
[5] Food Secure Canada. 2012. The Six Pillars of Food Sovereignty, Developed at Nyéléni, 2007 (disponible en https://www.globaljustice.org.uk/six-pillars-food-sovereignty). La soberanía alimentaria descansa en seis pilares: 1. se centra alimentos para los pueblos poniendo la necesidad de alimentación de las personas en el centro de las políticas; 2. pone valor en los proveedores de alimentos; 3. localiza los sistemas alimentarios; 4. sitúa el control a nivel local; 5. promueve el conocimiento y las habilidades; y 6. es ambientalmente sostenible.