MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
VALOR DE MOVILIDAD - DETERMINASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Mayo-2019
Resumen:
DETERMINASE QUE EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY Nº 24.241 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2019, ES DE DIEZ COMA SETENTA Y CUATRO POR CIENTO (10,74 %), CONFORME LA FORMULA OBRANTE EN EL ANEXO I DE LA LEY N° 27.426.