MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Resolución Nº 787
Bs.As.. 11/7/97
B.O.: 24/07/97
VISTO el Expediente Nº 561-025748/95 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita el Concurso Público Nacional e Internacional para adjudicar, por el sistema de Concesión de Obra Pública regulado por Ley Nº 17520modificada por su similar Nº 23.696, LA CONCESION PARA LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACION DE LA CONEXION FISICA ENTRE LAS CIUDADES DE ROSARIO-PROVINCIA DE SANTA FE-Y VICTORIA-PROVINCIA DE ENTRE RIOS-.
Que el día 17 de junio de 1997, a las DOCE (12) horas expiro el plazo de recepción de ofertas, verificándose la presentación de UN (1) oferente, integrado por las empresas: BOUYGUES SOCIEDAD ANONIMA, JAN DE NUL N. V., DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SOCIEDAD ANONIMA y DYCASA DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.
Que el Grupo de Trabajo y el Comité Ejecutivo creados por Convenios Interjurisdiccionales de fechas 19 de septiembre de 1991 y 11 de mayo de 1995 han realizado un pormenorizado análisis de la oferta presentada, del cual surge que esta no reúne las características de oferta valida en los términos del Pliego de Bases y Condiciones y que debe ser rechazada.
Que la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE comparte el criterio sustentado por el Grupo de Traba3O y el Comité Ejecutivo arriba mencionados, en el sentido de que la oferta debe rechazarse y el Concurso debe ser dejado sin efecto.
Que no mereciendo el tramite licitatorio observación alguna, corresponde aprobar todo lo actuado por el Grupo de Trabajo, el Comité Ejecutivo, y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 855 del 6 de diciembre de 1995.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º-Apruébase lo actuado por el Grupo de Trabajo, el Comité Ejecutivo y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE en el proceso licitatorio que fuera dispuesto por Decreto Nº 855 del 6 de diciembre de 1995.
ARTICULO 2º-Recházase la oferta presentada por el Consorcio integrado por las empresas: BOUYGUES SOCIEDAD ANONIMA. JAN DE NUL N. V., DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SOCIEDAD ANONIMA y DYCASA DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por no ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones del Concurso Publico Nacional e Internacional para el otorgamiento por el Sistema de Concesión de Obra Pública dentro de la Ley Nº 17.520. modificada por su similar Nº 23.696. de LA CONCESION PARA LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACION DE LA CONEXION FISICA ENTRE LAS CIUDADES DE ROSARIO - PRQVINCIA DE SANTA FE -Y VICTORIA-PROVINCIA DE ENTRE RIOS-.
ARTICULO 3º - Déjase sin efecto el Concurso Publico Nacional e Internacional citado en el artículo anterior.
ARTICULO 4º-Comuníquese a la COMISION BICAMERAL DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.
ARTICULO 5º-Comuniquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.
e. 24/7 Nº 193.087 v. 24/7/97