Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE SEGURIDAD


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 741/2019

RESOL-2019-741-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-56382268- -APN-DNI#MSG, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y modificatorias, la Ley Nº 26.348, el Decreto Nº 1742 de fecha 20 de septiembre de 2012, la Decisión Administrativa Nº 299 de fecha 9 de marzo de 2018, la Resolución del entonces Ministerio de justicia, Seguridad y Derechos Humanos Nº 442 de fecha 18 de febrero de 2009 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 442/2009 creó el “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES” que tiene como objetivo la coordinación de la ejecución de las etapas del proceso instituido por la Ley Nº 26.348 y de las normas que en su consecuencia se dicten.

Que el mencionado Programa se hallaba bajo la órbita de la ex Dirección de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes conforme Resolución MJSyDH Nro. 349/2009 y las sucesivas modificaciones mediante Decretos Nros. 328/12 y 1742/12

Que por la Decisión Administrativa N° 299/18 se aprobó la nueva estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo y se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la mencionada Decisión Administrativa derogó la existencia de la Dirección de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes e incorporó la Dirección de Investigaciones de Delitos Federales dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, que recibió la competencia de entender en los procesos de compactación y disposición final como chatarra de vehículos contemplados en la normativa vigente.

Que a la luz de los cambios organizativos que sufrió el MINISTERIO DE SEGURIDAD desde que se dictó la Resolución MJSyDH Nº 442/2009 a la fecha, se considera oportuno realizar las modificaciones pertinentes que se adecuen a los mencionados cambios.

Que actualmente el “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES” cuenta con un cuerpo de agentes encargados de relevar las playas judiciales donde se encuentren los autos secuestrados, a fin de controlar el estado de los mismos, su situación judicial, tiempo de secuestro y gestionar el correspondiente proceso de descontaminación y compactación en cumplimiento de la Ley Nº 26.348.

Que asimismo corresponde asignar la administración del Programa en cuestión a un profesional idóneo para cumplir ese cometido.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de éste Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud las facultades que le confiere el artículo 4°, inciso b), apartado 6 y 9, y 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. 1992).

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 3º de la Resolución MJSyDH Nº 442/2009 que crea el “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES”, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3º.- El PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES tendrá a su cargo las siguientes actividades:

a. Elaboración de las normas referidas a los procedimientos técnicos y administrativos para la descontaminación y disposición final como chatarra, de los automotores, motovehículos, otros rodados y sus partes, que se encuentren bajo custodia de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales dependientes de este Ministerio, las que deberán ser elevadas para su aprobación por el titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

b. Coordinar la implementación de los procedimientos necesarios a fin de llevar a cabo las tareas de descontaminación, compactación y disposición final como chatarra de vehículos contemplados por la Ley Nº 26.348.

c. Arbitrar los mecanismos necesarios a fin de proceder a la descontaminación, compactación y disposición final como chatarra del remanente de desarmado de vehículos que no pueda ser reutilizado.

d. Coordinar con las autoridades competentes la realización de las distintas etapas del proceso previsto por la Ley Nº 26.348.

e. Implementar métodos de trabajo que eleven la calidad ambiental en relación a las tareas que son de su competencia.

f. Implementar la realización de operatorias en distintos puntos del país, coordinando sus actividades con las autoridades correspondientes de las provincias, si fuere necesario.

g. Impulsar la celebración de Convenios de Adhesión al Programa Nacional con las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

h. Impulsar las actividades pertinentes a fin de lograr la adhesión de los municipios al Programa Nacional.

i. Llevar el registro de datos de los automotores sujetos al régimen nacional establecido por la ley Nº 26.348 en el sistema RENAVESE creado por Resolución MS Nº 37/2015.

j. Coordinar las actividades pertinentes con la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS.”

ARTÍCULO 2º.- (Artículo derogado por art. 6° de la Resolución N° 76/2021 del Ministerio de Seguridad B.O. 12/03/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA)

ARTÍCULO 3º.- Deróguense los artículos 4º y 6º de la Resolución MJSyDH Nº 442/2009.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 11/09/2019 N° 67996/19 v. 11/09/2019
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