SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESOLUCION 505/2022 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Jul-2024
Resumen:
SE SUSTITUYE EL INCISO C) DEL ARTICULO 2° DE LA CITADA RESOLUCION N° RESOL-2022-505-APN-PRES#SENASA POR EL SIGUIENTE: “INCISO C) A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2025 SOLO SE PERMITIRA EL MOVIMIENTO A FAENA UNION EUROPEA (UE) DE EQUIDOS QUE HAYAN SIDO IDENTIFICADOS INDIVIDUALMENTE A TRAVES DE MICROCHIP AL MENOS CIENTO OCHENTA (180) DIAS ANTES DE ESTE MOVIMIENTO, LO QUE SERA CONSTATADO OFICIALMENTE DE MANERA AUTOMATICA A TRAVES DEL SIGSA.”.