MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución 64/2024
RESOL-2024-64-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2024
VISTO la RESOL-2024-63-APN-MJ,
CONSIDERANDO:
Que luego de mantener sucesivas reuniones de trabajo en el distrito judicial correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, hemos advertido la necesidad de reforzar el apoyo institucional de los órganos que conforman el sistema de justicia federal, y de elaborar un plan de contingencia que posibilite la implementación inmediata del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL.
Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27.150 y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Diferir la operatividad práctica de la RESOL-2024-63-APN-MJ hasta las 00:00 horas del día el 6 de mayo de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Infórmese la presente resolución a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN, a la CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, a la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN y al MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3°.- Dase cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariano Cúneo Libarona
Resolución 64/2024
RESOL-2024-64-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2024
VISTO la RESOL-2024-63-APN-MJ,
CONSIDERANDO:
Que luego de mantener sucesivas reuniones de trabajo en el distrito judicial correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, hemos advertido la necesidad de reforzar el apoyo institucional de los órganos que conforman el sistema de justicia federal, y de elaborar un plan de contingencia que posibilite la implementación inmediata del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL.
Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27.150 y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Diferir la operatividad práctica de la RESOL-2024-63-APN-MJ hasta las 00:00 horas del día el 6 de mayo de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Infórmese la presente resolución a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN, a la CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, a la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN y al MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3°.- Dase cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariano Cúneo Libarona
e. 19/03/2024 N° 14226/24 v. 19/03/2024