MINISTERIO DE EDUCACION
SUELDOS BASICOS - ESTABLECENSE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Mayo-2014
Resumen:
ESTABLECER PARA TODO EL PERSONAL NO DOCENTE INCLUIDO EN EL ARTICULO 18 INCISO B) DE LA LEY 13.047, QUE SE DESEMPEÑA EN LOS ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS DE ENSEÑANZA COMPRENDIDOS EN EL ART. 2° INCISO A); B) Y C) DE LA REFERIDA NORMATIVA - ZONA 2, LOS SIGUIENTES SUELDOS BASICOS