Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 573/2018

RESFC-2018-573-APN-D#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-50979975-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351 y 27.431, el Decreto Nº 1.455 de fecha 3 de septiembre de 1987 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 6 de fecha 12 de enero de 2018 y 1.666 de fecha 5 de octubre de 2018, las Resoluciones RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, RESFC-2017-16-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017 y RESOL-2018-505-APN-MM de fecha 28 de agosto de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2018.

Que conforme la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018, se procedió a distribuir el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, aprobado por la Ley citada precedentemente.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 338 de fecha 16 de marzo de 2018, se distribuyeron los cargos ocupados y horas cátedra entre las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante la Resolución RESOL-2018-505-APN-MM de fecha 28 de agosto de 2018, se actualizaron al día 30 de abril de 2018, los Anexos I, obrantes como IF-2018-32733054-APN-SECEP#MM; Anexo II, IF-2018-32733022-APN-SECEP#MM; Anexo III, IF-2018-30816057-APN-SECEP#MM; Anexo IV, IF-2018-32732997-APN-SECEP#MM y Anexo V, IF-2018-30816050-APN-SECEP#MM, de la Decisión Administrativa Nº 338 de fecha 16 de marzo de 2018, contando este Organismo a tal fecha, con TRECE (13) cargos vacantes, financiados y descongelados.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.666 de fecha 5 de octubre de 2018 se exceptuó a esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, al solo efecto de posibilitar la cobertura de CUARENTA Y SIETE (47) cargos vacantes y financiados correspondientes al Agrupamiento Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, categoría G-2 Guardaparque Asistente, cuyo detalle obra en el ANEXO I, IF-2018-22678453-APN-APNAC#MAD de la misma.

Que de acuerdo con lo indicado en el Artículo 44 del Anexo IV al Decreto Nº 1.455/1987, mediante la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D-APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, se aprobó el nuevo “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30 del “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”, mediante la Resolución RESFC-2017-16-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017 se aprobó la Currícula Teórico-Práctica (Plan de Estudios) correspondiente a la ETAPA 6 del referido Reglamento de Selección, denominada “CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”, cuyas actuaciones recayeran en el Expediente Nº 4853/2016 del registro de esta Administración.

Que resulta necesario dar inicio al proceso de Selección para el “CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE - Promoción XXX”, con el objeto de seleccionar postulantes para ocupar SESENTA (60) cargos.

Que en consecuencia, corresponde efectuar la convocatoria y el llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de los SESENTA (60) cargos vacantes disponibles.

Que conforme el Artículo 6° del precitado Reglamento de Selección, para dar inicio a este proceso corresponde a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES designar a los integrantes del Comité de Selección y aprobar los requisitos y condiciones de inscripción, el cronograma de las etapas a cumplir y el plan de estudios del CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE.

Que las bases de esta convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que permiten identificar el puesto de trabajo o función, agrupamiento, obligaciones laborales establecidas en los Decretos Nros. 1.455/1987, 56/2006 y sus modificatorias y/o complementarias, las etapas de evaluación y el cronograma tentativo de implementación.

Que en tal sentido y conforme lo dispuesto en la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, en su Artículo 5°, la convocatoria y el llamado a inscripción debe ser publicado por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en la Carteleras disponibles en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso i) y v), de la Ley Nº 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de SESENTA (60) cargos vacantes y financiados de la categoría “GUARDAPARQUE ASISTENTE del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los requisitos exigidos (excluyentes y deseables) para ser admitidos conforme el Perfil Funcional General y Perfil Técnico Profesional del Guardaparque Asistente (G-2) y los formularios de inscripción, de aptitudes psicofísicas y de declaraciones juradas, el cronograma del proceso de selección con la descripción de las etapas y las evaluaciones teóricas y prácticas, de conformidad con el Artículo 22 de la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, que obran como Anexos IF-2018-52962387-APN-DGRH#APNAC, IF-2018-52971094-APN-DGRH#APNAC, IF-2018-52974713-APN-DGRH#APNAC, IF-2018-52975078-APN-DGRH#APNAC e IF-2018-52974953-APN-DGRH#APNAC, respectivamente, los cuales forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Fíjase como período de preinscripción electrónica desde el día 12 de noviembre de 2018 hasta el día 26 de noviembre de 2018 a las 12:00 horas.

ARTÍCULO 4°.- Fíjase como período de inscripción documental desde el día 12 de noviembre de 2018 hasta el día 26 de noviembre de 2018 a las 15:00 horas.

ARTÍCULO 5º.- Establécese como lugar de inscripción, asesoramiento y comunicación de información adicional, la Coordinación de Capacitación, dependiente de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera, sita en Bungalow 51 UTE C.C. N° 6 Embalse, provincia de Córdoba, en el horario comprendido entre las 9:00 hs. y las 15:00 hs. Asimismo, dicha información estará disponible en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, www.parquesnacionales.gob.ar.

ARTÍCULO 6°.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Selección y al Secretario Técnico que figuran en el Anexo IF-2018-53998086-APN-DGRH#APNAC de la presente, de acuerdo con lo previsto en los Artículos 8° y 10 del Reglamento aprobado por la RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán disponibles en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 7°.- Invítase a la “UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN” (UPCN), a la “ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO” (ATE), al “INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES -dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL” y al “MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO” para que designen a sus veedores en los términos de los Artículos 4° y 18 del Reglamento aprobado por la Resolución mencionada ut supra.

ARTÍCULO 8º.- Apruébase el Reglamento Interno del “CURSO PARA GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES – PROMOCIÓN XXX”, el cual obra como Anexo IF-2018-52975552-APN-DGRH#APNAC formando parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 9°. - Establécese que la Síntesis de los Antecedentes de Formación y Laborales, la “Guía para la presentación de la documentación”, la bibliografía para la evaluación de conocimientos teóricos, la Currícula Teórico-Práctica (Plan de Estudios) y toda información de relevancia para los aspirantes, será publicada en la Página Web Oficial del Organismo, www.parquesnacionales.gob.ar.

ARTÍCULO 10.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la “UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN” (UPCN), a la “ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO” (ATE), al “INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES -dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL”, al “MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO” y a la “CECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN”. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Gimenez Tournier - Pablo Federico Galli Villafañe - Roberto María Brea - Gerardo Sergio Bianchi - Eugenio Indalecio Breard

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/10/2018 N° 80784/18 v. 26/10/2018


(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII)

(Anexo VI rectificado por art. 1° de la Resolución N° 644/2018 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 07/12/2018. Texto según Resolución N° 547/2019 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 22/11/2019)

(Anexo VII rectificado por art. 1° de la Resolución N° 82/2019 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 11/03/2019)
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