MERCOSUR/GMC/RES. Nº 56/10
PRESUPUESTO DE LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION PARA EL EJERCICIO 2011
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR, la Decisiones Nº 37/03 y 29/10 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 50/03, 66/05, 58/08, 68/08 y 35/09 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que, en los términos del Artículo 9º de la Resolución GMC Nº 66/05, corresponde al Secretario del Tribunal Permanente de Revisión la elaboración, la presentación y la ejecución del presupuesto de la Secretaría del Tribunal (ST), que debe ser aprobado por el Grupo Mercado Común y controlado por el Grupo de Asuntos Presupuestarios (GAP).
Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la ST en el período anterior al pago de los aportes de los Estados Partes relativas al primer trimestre de cada año.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el 'Presupuesto de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el Ejercicio 2011', que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 — Autorizar a la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión, para el caso que no se disponga aún de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Parte relativos al 2011, la utilización del saldo de recursos excedentes de ejercicios anteriores, hasta un máximo de US$ 85.491,75 (ochenta y cinco mil cuatrocientos noventa y uno dólares estadounidenses con setenta y cinco centavos) para el pago de egresos correspondientes al primer trimestre, del Presupuesto aprobado para el 2011.
Art. 3 — Sin perjuicio de la ejecución presupuestaria, los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el Art. 2 de la presente Resolución, deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes.
Art. 4 — Esta Resolución necesita ser incorporada solamente al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 31/III/2011.
XXXVII GMC EXT - Foz de Iguazú, 15/XII/10.