ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
PROCEDIMIENTO. LEY N° 27.739. REGISTRO PUBLICO DE BENEFICIARIOS FINALES. SU IMPLEMENTACION.
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Jul-2024
Resumen:
IMPLEMENTAR EL “REGISTRO PUBLICO DE BENEFICIARIOS FINALES”, PREVISTO EN EL CAPITULO III DE LA LEY N° 27.739, EN ADELANTE EL “REGISTRO”, CONFORME A LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE. ALCANCE DEL REGISTRO