Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 544/2024

RESOL-2024-544-APN-INCAA#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2024

VISTO el Expediente N.º EX-2024-34532358-APN-GA#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y Nº 24.156 y, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, Nº 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y N° 662 de fecha 23 de julio de 2024, las Resoluciones INCAA N° 1477-E de fecha 22 de noviembre de 2017 y sus modificatorias, N.º 27-E de fecha 9 de abril de 2024, N.º 328-E de fecha 26 de junio de 2024, N° 447-E de fecha 26 de julio 2024, N° 453-E de fecha 30 de julio de 2024, N° 472-E de fecha 02 de agosto de 2024 y N° 520-E de fecha 14 de agosto de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el Territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo con las disposiciones que la propia ley establece.

Que el artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece los deberes y atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que es facultad de la máxima autoridad del Organismo establecer medidas para el fomento de la actividad cinematográfica y de otros medios audiovisuales.

Que es requisito indispensable para llevar a cabo las medidas de fomento establecida en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias y Decreto Nº 1536/2022 tener en cuenta lo establecido en el artículo 33 de la Ley N.º 24.156 que establece: “No se podrán adquirir compromisos para los cuales no quedan saldos disponibles de créditos presupuestarios, ni disponer de los créditos para una finalidad distinta a la prevista.”.

Que, en tal sentido, en virtud del déficit presupuestario y financiero existente, y con el objetivo de retomar el equilibrio necesario para que este Instituto pueda financiarse con sus propios ingresos, se dictó la Resolución INCAA N° RESOL-2024-27-APN-INCAA#MCH que suspendió la recepción de todo tipo de proyectos por el plazo de NOVENTA (90) días a partir del día de su publicación y se determinó que los proyectos presentados para su evaluación y no tuvieran una resolución emitida por el Organismo que les otorgue un subsidio por vía digital documental, y que aún no cuenten con comité asignado digital, serán devueltos a los presentantes.

Que, sin perjuicio de lo expresado, estos últimos proyectos podrán ser presentados nuevamente una vez culmine el período de suspensión.

Que el período de suspensión establecido en la mencionada Resolución tuvo como objetivo propiciar nuevas normas de regulación del fomento audiovisual con el fin de adecuarse a las necesidades del mundo actual en pos de una dinámica y agilidad acorde a los nuevos tiempos.

Que desde el dictado de la Resolución INCAA N° RESOL-2024-27-APN-INCAA#MCH, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES comenzó a trabajar en un nuevo plan de promoción.

Que a tales fines se dictaron entre otras, (i) la Resolución INCAA N° RESOL N° 2024-328-APN-INCAA#MCH que aprueba el nuevo marco regulatorio de los programas especiales de promoción audiovisual para las provincias, (ii) la RESOL-2024-447-APN-INCAA#MCH que aprueba el Reglamento para la selección y funcionamiento de Jurados y Comités, (iii) RESOL N° 2024-453-APN-INCAA#MCH que aprueba los Lineamientos Generales de Concursos y Premios.

Que asimismo se llamó a los Concursos: a) 14° CONCURSO FEDERAL DE DESARROLLO DE PROYECTO DE LARGOMETRAJE “RAYMUNDO GLEYZER 2024-2025” y b) “CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN” conforme surge de Resoluciones INCAA N° RESOL-2024-472-APN-INCAA#MCH y N° RESOL-2024-520-APN-INCAA#MCH respectivamente.

Que el Organismo continúa con el dictado de reglamentaciones e implementación de nuevas normativas que favorezcan la promoción audiovisual.

Que, por ello, es necesario prorrogar la suspensión establecida por Resolución INCAA N° RESOL-2024-27-APN-INCAA#MCH en lo que respecta a los proyectos de documentales digitales regidos por Resolución INCAA N° RESOL-2017-1477-APN-INCAA#MC.

Que corresponde se dicte acto administrativo al respecto.

Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la Resolución INCAA N° RESOL-2024-27-APN-INCAA#MCH para los proyectos documentales digitales que se encuadren en los términos de la Resolución INCAA N° RESOL-2017-1477-APN-INCAA#MC y sus modificatorias, por el plazo de SESENTA (60) días a partir del día de su publicación.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Carlos Luis Pirovano

e. 26/08/2024 N° 57119/24 v. 26/08/2024
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