PLAGUICIDAS
SUSTANCIAS ACTIVAS - PROHIBESE LA ELABORACION, IMPORTACION, EXPORTACION, FRACCIONAMIENTO...
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Ago-2011
Resumen:
PROHIBESE LA ELABORACION, IMPORTACION, EXPORTACION, FRACCIONAMIENTO, COMERCIALIZACION Y USO DE DIVERSAS SUSTANCIAS ACTIVAS, PARA USO AGROPECUARIO.
Observaciones:
ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 913/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR ARTICULO 5 DE LA RESOLUCION N° 32/2019 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA B.O. 21/01/2019. VIGENCIA: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.