TRABAJO AGRARIO
ACTIVIDAD YERBATERA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Oct-2018
Resumen:
FIJANSE LAS REMUNERACIONES MINIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD YERBATERA, EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE MISIONES Y LOS DEPARTAMENTOS DE ITUZAINGO Y SANTO TOME DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2018, Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2018, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2019.