SISTEMA UNICO TRIBUTARIO
INCORPORACION
Resumen:
INCORPORAR AL “SISTEMA UNICO TRIBUTARIO” -EN ADELANTE EL “SISTEMA”- CREADO POR EL TITULO I DE LA RESOLUCION GENERAL CONJUNTA N° 4.263 (AFIP), A AQUELLOS SUJETOS ADHERIDOS AL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) PREVISTO EN EL ANEXO DE LA LEY N° 24.977, SUS MODIFICACIONES Y COMPLEMENTARIAS -EN ADELANTE EL “ANEXO”-, QUE RESULTEN ASIMISMO, ALCANZADOS POR EL REGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA -EN ADELANTE EL “REGIMEN SIMPLIFICADO PROVINCIAL”- Y, EN SU CASO, POR LA CONTRIBUCION MUNICIPAL Y/O COMUNAL QUE INCIDE SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS –CUALQUIERA FUERE SU DENOMINACION-, EN LOS TERMINOS DE LA PRESENTE.