Presidencia de la Nación

Resolución Conjunta 51 / 2023

SECRETARIA DE FINANZAS

Resolución Conjunta 51 / 2023

SECRETARIA DE HACIENDA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 24156

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 29-Oct-1992 Descripción
DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL. SISTEMAS PRESUPUESTARIOS. TESORERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DE CONTROL INTERNO Y EXTERNO. DISPOSICIONES VARIAS, PROMULGADA POR DEC. 1957 DEL 26-10-92 Y OBSERVADAPARCIALMENTE. LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO (AR. 1156). DIGESTO DE NORMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL (AR. 1156 BIS).

Normativa / Número Resolución Conjunta 3 / 2023

SECRETARIA DE FINANZAS

Resolución Conjunta 3 / 2023

SECRETARIA DE HACIENDA

Fecha publicación 17-Ene-2023 Descripción
LETRA DEL TESORO EN DOLARES - EMISION

DISPONESE LA EMISION DE UNA (1) “LETRA DEL TESORO NACIONAL INTRANSFERIBLE EN DOLARES ESTADOUNIDENSES VENCIMIENTO 16 DE ENERO DE 2033”, PARA SER ENTREGADA AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (BCRA), EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 82 DE LA LEY 27.701 DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2023, POR UN MONTO DE HASTA VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MIL CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOCE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS (VNO USD 7.132.655.012,39) DE ACUERDO CON DETERMINADAS CARACTERISTICAS.

Normativa / Número Decreto DNU 163 / 2023

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 23-Mar-2023 Descripción
DISPOSICIONES

LOS PAGOS DE LOS SERVICIOS DE INTERESES Y AMORTIZACIONES DE CAPITAL DE LAS LETRAS DENOMINADAS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES EMITIDAS EN EL MARCO DE LOS DECRETOS NROS. 622 DEL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021, 576 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2022 Y 787 DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 2022 SERAN REEMPLAZADOS, A LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, POR NUEVOS TITULOS PUBLICOS CUYAS CONDICIONES SERAN DEFINIDAS, EN CONJUNTO, POR LA SECRETARIA DE FINANZAS Y LA SECRETARIA DE HACIENDA, AMBAS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE ECONOMIA.

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