Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento
OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO
Resolución 51/98
Apruébanse normas reglamentarias del Programa de Obras Menores de Saneamiento - PROMES.
Bs. As., 4/2/98
B.O., 19/02/98
VISTO la Ley N° 24.583y el Decreto N° 107/95 por el cual se aprobó el Estatuto del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Ley establece en su artículo segundo, que este organismo tiene como objetivo institucional "organizar y administrar la ejecución y administración de los Programas de desarrollo de infraestructura que derivan de las políticas nacionales del sector".
Que en forma concordante, el Estatuto del ENOHSA en su artículo 5° dispone que este Organismo ejecutará las políticas para proveer al desarrollo de los servicios de provisión de agua potable y de saneamiento en general, a través de asistencia técnica y financiera con destino a la construcción y reposición de infraestructuras, provisión de equipamientos y a la operatividad y regulación de los sistemas prestacionales.
Que dentro de las atribuciones conferidas a este Organismo, según lo establecido en el artículo 9° de su Estatuto. se encuentran entre otras, aquellas referidas a: dictar sus normas orgánicas y establecer los reglamentos generales y operativos, así como los procedimientos que posibiliten administrar eficientemente sus actividades; formular programas plurianuales; actuar en carácter de Organismo Ejecutor, con facultades para administrar la utilización de los fondos recibidos, instrumentando los convenios y contratos con organismos y entidades nacionales; conceder créditos destinados a brindar asistencia técnica preparatoria y para el financiamiento de los proyectos que apruebe, estableciendo las condiciones acordes a los programas y Planes de Metas Anuales previendo las amortizaciones y otros ingresos que correspondan por la prestación de sus servicios, así como las garantías para los distintos tipos de operaciones: efectuar la evaluación y auditoria integral de los entes u organismos que soliciten prestamos; gerenciar y administrar programas, proyectos y operaciones comisionados por otros Organismos o Agencias Financiadoras.
Que este Organismo viene desarrollando el PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO - PROMES - cuyas acciones estuvieron canalizadas a financiar proyectos de saneamiento de reducida envergadura económica como también para atender situaciones de emergencia surgidas en la prestación de los servicios de saneamiento de las localidades del interior del país.
Que en virtud de la experiencia institucional acumulada en la ejecución de dicho PROGRAMA, se entiende necesario efectuar ciertas modificaciones "endientes a mejorar dicha operatoria.
Que en tal sentido, se ha efectuado un proceso de revisión de las normas y procedimientos aplicados en tal PROGRAMA, habiéndose definido los cambios a introducirse en dicha operatoria crediticia.
Que la reformulación así planteada se orienta a disponer normas y condiciones que posibiliten un desarrollo mas eficiente del PROGRAMA y de la ejecución de los proyectos; atendiendo a: a) asegurar una mejora de la calidad de los proyectos; b) ampliar los rubros o finalidades a financiar: c) establecer condiciones económicas - financieras que resulten mas accesibles a los prestatarios para la devolución de los créditos: d) determinar fórmulas de garantías de los créditos que brinden cobertura cierta del riesgo al ENOHSA: e) establecer nuevas pautas de evaluación ex - ante, tanto para los componentes técnicos de los proyectos como respecto a las condiciones que deben reunir las entidades para recibir el crédito, f) mejorar los procesos de monitoreo y control de la ejecución de los proyectos, de las inversiones efectuadas y de las rendiciones que se presentan al ENOHSA.
Que a tal efecto corresponde dictar los actos aprobatorios de la nueva reglamentación del PROGRAMA, como también los diferentes anexos que integran el cuerpo reglamentario de la operatoria.
Que al disponerse una nueva reglamentación de la operatoria, los proyectos que presenten los Organismos y Entidades interesadas a partir de la fecha de publicación de esta Resolución, deberán adecuarse a la nueva normativa.
Que los proyectos aprobados en virtud del régimen anterior del PROGRAMA, continuarán ejecutándose bajo las normas y condiciones en que hubieran sido otorgados los respectivos créditos.
Que la Asesoría Jurídica del Organismo ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 3° de la ley N° 24.583: y el Decreto N° 107/95, Anexo 1, Articulo 17°, incisos a); c); i) y J).
Por ello,
EL ADMINISTRADOR Y EL SUBADMINISTRADOR DEL ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO
RESUELVEN:
Artículo 1°.-Apruébase las normas reglamentarias del PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO - PROMES - que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°-Determinase que los proyectos aprobados en el marco de dicho PROGRAMA con anterioridad al dictado de la presente Resolución. continuarán ejecutándose bajo las normas y condiciones en que hubieran sido otorgados los respectivos créditos.
Art. 3°-Disponese que la reglamentación aprobada por el articulo 1° tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación de esta resolución. Las solicitudes que a partir de este momento se presenten por parte de Organismos y Entidades interesadas en obtener financiamiento del citado PROGRAMA, deberán adecuarse a lo dispuesto en dicha reglamentación.
Art. 4°-Comuníquese, publíquese. dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase. -Mario E. Fattor. - Alberto L. Monfrini.
ANEXO I
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO-PROMES-
PARTE I - CONDICIONES GENERALES
1, Objetivo
El objetivo del PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO-PROMES-, en adelante el PROGRAMA, será asistir financieramente a los Entes prestadores de servicios sanitarios del interior del país, a través del otorgamiento de créditos de fomento destinados a la realización de inversiones en materia de saneamiento básico de pequeña envergadura, las que podrán destinarse a ampliar y/o mejorar los sistemas de provisión y tratamiento, como también para el desarrollo de otras acciones que se vinculen directamente con tales finalidades.
2, Proyectos Financiables
Con recursos del Programa se financiarán aquellos proyectos que contemplen: a) la ejecución de obras nuevas y de expansión de los sistemas de agua potable y desagues cloacales: b) el mejoramiento de los componentes de tales sistema y adquisición de equipamiento vinculado directamente al funcionamiento del mismo, tendiente a mejorar la calidad, evitar interrupciones o colapso de los servicios: c) la elaboración de proyectos de provisión de agua potable y desagues cloacales: y d) el desarrollo de otras actividades directamente vinculadas a la prestación de los servicios de saneamiento básico.
3. Beneficiarios de los créditos
Podrán acceder a esta línea de créditos de fomento, las Entidades prestadoras de servicios de saneamiento, sean ellas publicas (provinciales o municipales); sociedades de fomento o uniones vecinales; y del sector privado, en este caso preferentemente Cooperativas concesionarias del servicio.
4. Presupuesto financiable
El Presupuesto financiable a través del crédito a otorgarse por el Programa, podré alcanzar hasta un valor máximo de U$S 250.000.- en dólares o pesos convertibles. Podrá financiarse parcial o totalmente las obras, materiales y/o mano de obra y trabajos, con impuestos.
Cuando se tratare de una obra a ejecutarse por contratación de un tercero y el monto de la oferta de la firma superase el valor del presupuesto previsto, el ENOHSA deberá resolver si aprueba el aumento del presupuesto siempre que: a) dicha diferencia no supere el 10% del presupuesto y b) que la cifra resultante no sea mayor al tope de U$;S 250.000.
No podré incluirse en la financiación los costos de inspección de los trabados y todo otro gasto que no pertenezca al proyecto propiamente dicho.
5. Amortización del préstamo
El préstamo será otorgado contemplando un período de amortización de un máximo en diez (10) cuotas trimestrales. La primera de ellas vencerá el día que fina1ice el período de gracia. Los prestamos serán amortizables bajo el sistema francés vencido.
6. Domicilio de pago
El lugar establecido para el pago de las amortizaciones de los créditos, será el domicilio de la sede del ENOHSA
7. Intereses
Los préstamos se otorgarán por lo general a una tasa de interés anual de Libor más tres (3) puntos, dependiendo de la tasa que se encuentre vigente al momento de otorgarse el préstamo. Una vez otorgado el crédito y establecida la tasa para dicho préstamo, la misma no será modificada.
La tasa de interés del Programa será revisada por el ENOHSA semestralmente (junio y diciembre) estableciéndose la tasa que regirá para el otorgamiento de nuevos prestamos durante el semestre que se inicia.
Los intereses devengados por todas las transferencias efectuadas dentro del plazo de ejecución de obra se capitalizaran al vencimiento del período de ejecución del proyecto.
8. Ejecución de1 proyecto
El ENOHSA aprobara el Plan de Trabajos e Inversiones presentado por la Entidad solicitante determinándose en dicho momento, el plazo estipulado para la ejecución del proyecto: Dicho plazo no podrá ser mayor a 6 meses. y en todos los casos deberá plantearse por períodos mensuales completos.
Dicho plazo se contará desde la finalización del mes en que se efectúe la primer transferencia de fondos. Como excepción y ante motivos fundados. el ENOHSA podrá otorgar una ampliación del plazo de ejecución del proyecto.
La ejecución y/o contratación de obras y/o adquisiciones se regirá por las normas de la legislación local.
Las obras que se financien podrán ejecutarse por el sistema de administración o por contratación de terceros.
La responsabilidad por la ejecución de las obras, adquisiciones y elaboración de proyectos corresponde al ente ejecutor, no asumiendo el ENOHSA responsabilidad por los mismos, sin perjuicio de las facultades que le corresponden sobre el monitoreo y control de la aplicación de los fondos y la realización de los trabajos financiados.
Los eventuales danos a personas o cosas que pudieran acaecer con motivo de la ejecución de las obras, serán de exclusiva responsabilidad del ente ejecutor o de sus contratistas, según el caso.
Cuando se tratare de solicitudes de prestamos para la elaboración de proyectos, a los efectos de garantizar la calidad del trabajo y/o la elegibilidad del proyecto, se requerirá a) la aplicación del Pliego tipo establecido por el ENOHSA; b) la aprobación por el ENOHSA de los Términos de Referencia del estudio; y c) cuando el monto del estudio a contratarse supere los U$S 25.000.- el llamado a concurso deberá efectuarse sobre una Lista Corta de seis consultoras o expertos individuales inscriptos en el Registro del ENOHSA.
9. Período de gracia
Se concederá a los entes ejecutores un plazo de gracia para la amortización del préstamo de tres meses, plazo que se computará a partir de la fecha estipulada para la finalización del proyecto.
10. Justificación de las inversiones del crédito
Las inversiones o gastos realizados por el ente ejecutor, así como el correspondiente grado de avances de las obras o trabajos, deberán ser certificados por un responsable técnico facultado a tal efecto por dicho organismo prestatario, o bien por la máxima autoridad del Ente prestatario.
Los gastos que se certifiquen y/o justifiquen deberán corresponder a las especificaciones detalladas que integren el presupuesto aprobado del proyecto.
Los entes ejecutores deberán efectuar las rendiciones y justificaciones como mínimo cada dos meses. La totalidad del monto del préstamo deberá encontrarse justificado, como máximo, al momento de finalizar el período de gracia de amortización del préstamo.
No se aceptará dentro de la certificación o justificación de las inversiones, la inclusión de ningún tipo de gasto que hubiera sido efectuado con anterioridad al otorgamiento del crédito por parte del ENOHSA.
11. Garantía del crédito
Como norma general se exigirá como garantía del préstamo a otorgarse, la coparticipación federal de Impuestos otorgada por la Provincia.
Como excepción podrá aceptarse otra formula de garantía, tal como por ej. la cesión de los derechos de la recaudación que se perciban por los servicios. o de la que se obtenga por contribución de mejoras de los beneficiarios del proyecto, debiendo analizarse en cada caso, las exigencias y formalidades a cubrirse en tales supuestos, quedando su aprobación a criterio del ENOHSA.
No se admitirán pólizas de seguro de caución como garantías para este tipo de prestamos.
La garantías deberán mantenerse plenamente vigentes e integras hasta tanto el préstamo se encuentre amortizado completamente.
12. Evaluación de la solicitud de préstamo
La reglamentación del PROGRAMA determina los requisitos que deberá reunir la solicitud del crédito a ser presentada ante el ENOHSA.
La evaluación de la solicitud de crédito incluirá el análisis de la capacidad jurídica y de las condiciones del ente ejecutor para endeudarse, así como de las facultades que deben reunir sus autoridades para aceptar o suscribir los compromisos a tal efecto.
La solicitud incluirá entre sus contenidos, la parte técnica del proyecto a financiarse, el computo del conjunto del ítem y el Presupuesto requerido, así como el cronograma de obra.
Respecto a las condiciones económicas financieras de los Entes solicitantes de los créditos, se requerirá para la evaluación de la solicitud de crédito, documentación e información de respaldo,
La evaluación de la solicitud del préstamo incluye el análisis del tipo de la garantía ofrecida y sus modalidades de constitución.
La constitución de la garantía por el ente ejecutor y/o terceros deberá ser aceptada por el ENOHSA como condición previa a la firma del Acuerdo de Préstamo,
13. Condiciones previas a la firma del Acuerdo de Préstamo
La Resolución aprobatoria del proyecto, establecerá el conjunto de condiciones que deberá satisfacer el ente ejecutor en forma previa a celebrarse el Acuerdo de Préstamo, tales como garantías constituidas y aprobadas a satisfacción del ENOHSA, documentación institucional debidamente presentada, etc.
Se otorgará un plazo improrrogable para completar dichas instancias, vencido el cual y en el caso que la entidad solicitante no cumpliera con dichos requisitos, el proyecto aprobado dejará de contar con financiamiento dentro del período presupuestario en curso.
14. Desembolsos
Para los proyectos que contemplen obras, en general el préstamo será desembolsado en tres (3) cuotas, las que tendrán carácter de anticipos. La primera de ellas tendrá un tope del 40% del monto del préstamo, y el saldo restante se transferir posteriormente en dos cuotas.
Efectuado el anticipo, los siguientes desembolsos del préstamo esteran condicionados a la aprobación del ENOHSA de la certificación de los trabajos realizados y la rendición y justificación de lo gastado por parte de la entidad ejecutora, conforme a los procedimientos y mecanismos establecidos a tal efecto. Para los proyectos que prevean adquisiciones. como pauta general se establecerá un primer anticipo del orden del 30% del monto del préstamo a desembolsarse contra la orden de compra. El restante 70% se desembolsara a los sesenta días de efectuada la entrega de los bienes adquiridos, contra: a) recibo del proveedor por el 30% anticipado; b) factura de la adquisición y c) remito de entrega conformado por el prestatario.
En el caso de prestamos por elaboración de proyectos, los desembolsos se realizaran conforme
15. Transferencias
Las transferencias por los fondos otorgados en préstamo se efectuarán a una cuenta especial que el ente ejecutor deberá abrir en la sucursal del Banco de la Nación Argentina que corresponda a la localidad.
16. Incumplimiento del ente ejecutor
Frente al incumplimiento del ente ejecutor respecto a la obligación de justificar las inversiones en tiempo y forma, o cuando se detectarán irregularidades en la ejecución del préstamo y/o del proyecto financiado, o bien la falta de pago de la amortización del préstamo, el ENOHSA podrá determinar: a) la suspensión de todo otro desembolso, b) la consolidación del préstamo sobre las sumas efectivamente transferidas, c) dar por finalizado el período del plazo de gracia, y d) resolver la caducidad de los plazos de pago previstos en el préstamo. En tales casos el ENOHSA podrá exigir al ente ejecutor, la devolución del total de lo prestado en plazo perentorio y bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que correspondan.
17. Solución de controversias
Cualquier controversia que se suscite en la ejecución de los Acuerdos de Préstamos que se celebren en el marco del PROGRAMA. serán sometidos a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.
PARTE II- REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES DE CREDITO
1. Presentación de la solicitud
1.1. La solicitud de crédito al PROGRAMA deberá efectuarse a través de una presentación dirigida al Administrador del ENOHSA.
1.2. La presentación será elevada por:
- Tratándose de un organismo provincial, será suscripta por el titular del Ente Prestador de los servicios, o bien por la autoridad responsable del Sector de la Administración Central.
- Si fuera de originada por un municipio, por el Intendente de la localidad.
- En caso de Cooperativa, Sociedad de Fomento: Unión Vecinal o Entidad Privada, por su Presidente o máxima autoridad.
2. Información a suministrar
La presentación deberá contener la siguiente información:
2.1. Información sobre la Entidad solicitante:
- Denominación y carácter de la entidad, sea ella pública (provincial o municipal); sociedad de fomento; unión vecinal; cooperativa, o empresa privada.
- Nómina de sus autoridades, titulares o máximos responsables.
- Domicilio real: teléfonos; Fax.
- Nº de CUIT.
2.2. Información sobre el proyecto a financiar:
- Justificativa y breve descripción del proyecto que se presenta.
- Resultados que esperan obtenerse al finalizar la ejecución del proyecto.
- Presupuesto solicitado.
- Garantía ofrecida para el crédito, preferentemente Refrendo provincial del crédito, autorizando la eventual afectación de la coparticipación federal de impuestos que corresponde a la Provincia; o excepcionalmente la cesión de derechos sobre la coparticipación municipal o secundaria; cesión de derechos sobre la recaudación de las tarifas; u otras.
2.3. Información sobre financiamiento para el sector:
- Créditos otorgados con anterioridad por d ENOHSA o por los organismos que lo precedieran en sus funciones, y en tal caso. estado actual de ejecución y deuda.
- Obras de saneamiento en ejecución y su fuente de financiamiento.
- Gestiones en trámite para obtener financiamiento.
2.4. Cuando la localidad contara con servicios de saneamiento, deberá informarse:
- Actuales niveles de cobertura y déficit.
- Tarifa actual de los servicios: facturación anual: sistema aplicado para la cobranza, porcentaje de cobro sobre la facturación.
- Descripción de la estructura organizativa y operativa aplicada a la prestación de los servicios.
3. Documentación institucional a adjuntar
3.1. Organismos Públicos (Provinciales o Municipales)
Copias certificadas de:
- Ley, Decreto u Ordenanza que establece la competencia del Ente solicitante para la prestación de los servicios de saneamiento.
- Decreto, Resolución o Disposición por la cual se designa a la actual autoridad responsable del ente.
- Tres últimos presupuestos aprobados, incluyéndose el vigente al momento de presentarse la solicitud de préstamo.
- Constancia del CUIT.
3.2. Cooperativas
Copias certificadas de:
- Inscripción en los Registros correspondientes.
- Estatuto de la Cooperativa: Reglamentos de Actividades.
- Norma o Disposición Provincial o Municipal por la que se le otorgará la concesión de los servicios de saneamiento: o bien la autorización expresa para la prestación de los servicios.
- Acta de Asamblea de designación de las actuales autoridades.
- Acta de la Comisión Directiva o Consejo de Administración que autorice a gestionar el crédito.
- Ultimos tres balances aprobados, certificados por contador público, legalizados ante el Colegio Público.
- Constancia del CUIT.
3.3. Sociedades de Fomento o Uniones Vecinales
Coplas certificadas de:
- Norma Provincial por la cual se reglamenta el funcionamiento de la entidad.
- Inscripción en los Registros correspondientes.
- Estatutos o Reglamentos o Carta Orgánica de la entidad.
- Norma o Disposición provincial o Municipal por la que se le otorgará la concesión de los servicios de saneamiento, o bien la autorización expresa para la prestación de los servicios.
- Decisión o Acto del cual resulte el mandato de las actuales autoridades.
- Acta o decisión del órgano competente para autorizar la gestión del crédito.
- Instrumentos donde conste la información patrimonial y contable de la entidad de los últimos tres ejercicios.
- Constancia del CUIT
3.4. Entidades Privadas
Coplas certificadas de:
- Contratos de formación de la entidad; estatutos o reglamentos.
- Inscripción en los Registros correspondientes.
- Norma o Disposición Provincial o Municipal por la que se le otorgará la concesión de los servicios de saneamiento; o bien la autorización expresa para la prestación de los servicios.
- Decisión o Acto del cual resulte el mandato de las actuales autoridades.
- Acta o decisión del órgano competente que autorice a gestionar el crédito.
- Ultimos tres balances aprobados, certificados por contador público, legalizados ante el Colegio Público.
- Constancia del CUIT.
PARTE III - CONTENIDOS TECNICOS DE LA SOLICITUD DE CREDITO
1. Para solicitud de financiamiento de obras
- Memoria descriptiva indicando situación del servicio actual y problemas que determinan la necesidad de concretar la nueva obra.
- Para el caso de ampliaciones o mejoras del servicio existente, indicar su interelación con el nuevo proyecto.
- Información sobre la fuente de abastecimiento. (En caso de requerirlo el proyecto, análisis de agua).
- Características del cuerpo receptor de desagües cloacales (Si correspondiera)
- Memoria técnica: población beneficiada actual y futura, cantidad de conexiones. dotación promedio, período de diseño, cálculos hidráulicos, parámetros de diseño y todas las demostraciones necesarias de la ingeniería del proyecto.
- Especificaciones técnicas.
- Deberá indicarse la forma de ejecución de la obra, si la misma se realizará por administración o por contratación, indicando en este último caso la metodología a aplicar, ya sea por licitación, concurso de precios, contratación directa, etc., todo de acuerdo a la legislación vigente.
- Planos Generales y de detalle.
- Plan de trabajo y curva de inversiones.
- Computo métrico y Presupuesto, análisis de precios.
1.1. En las obras que fueran a ejecutarse por el sistema de Administración:
Sólo se financiarán los materiales a utilizar en la obra, por lo que se deberá presentar un listado detallado de los mismos.
No se financiará ningún material que no figure en dicho listado, por lo que el mismo deberá enviarse especificado con la máxima desagregación posible en relación a las tareas a ejecutar.
1.2. En las obras a realizase por contratación a terceros:
a) Si el financiamiento contemplara mano de obra y materiales, se podrá materializar a través de licitación, concurso de precios o contratación directa, conforme a la legislación local. Deberá acompañarse para ello y en forma previa, las planillas de computo y presupuesto, como así también los análisis de precios respectivos.
b) En el caso de financiarse materiales y de mano de obra en forma separada, se deberá presentar computo y presupuesto con sus análisis de precios en base a las tareas a efectuar. En función de los análisis de precios presentados, se adjuntarán dos planillas desagregadas, una sobre materiales (de acuerdo al punto 1.1.) y otra que indique los porcentajes de incidencia de la mano de obra por cada tarea detallada en el computo y presupuesto en relación con dicha tarea y en relación con el monto total de la mano de obra.
No se podrá incluir el computo de mano de obra que corresponda a personal que se encuentre bajo relación de dependencia con el organismo tomador del crédito, debiéndose contratar todo el personal a afectar a la obra.
2. Para solicitud de financiamiento para elaboración de proyectos
- Será de aplicación los Pliegos de Bases y Condiciones; Cláusulas Especiales y Modelo de Contratación aprobados por el ENOHSA.
- Deberá presentarse oportunamente los Términos de Referencia del estudio
- Las modalidades para llevar a cabo la contratación del estudio se regirá por las normas generales aprobadas para el PROGRAMA
3. Para solicitud de financiamiento de equipamiento
- Memoria descriptiva indicando los problemas que determinan la necesidad de adquirir el equipamiento.
- Especificaciones técnicas.
- La adquisición se realizará por licitación, concurso de precios, contratación directa, etc., todo de acuerdo a la legislación local vigente.
- Presupuesto de por lo menos 3 oferentes.
PARTE IV - DOCUMENTACION A PRESENTAR EN LAS RENDICIONES
1. Financiamiento de materiales
Conjuntamente con la elevación de la rendición firmada por la autoridad competente, deberá completarse la planilla de Rendición (Planilla "A").
Además deberán adjuntarse todas las copias de las facturas que correspondan a la rendición, certificadas por autoridad competente, indicando que la copia "es fiel del original".
Por cada proveedor deberá adjuntarse copia del formulario de la DGI Nº 446 en el que se indica los números validos de facturación.
Las facturas deben hacerse a nombre del organismo tomador del crédito indicando la denominación de la obra para la cual se afectarán los fondos.
Sólo se aceptarán los materiales aprobados en la presentación.
2. Financiamiento de materiales y mano de obra en forma separada.
2.1. Respecto a la mano de obra, se deberá remitir el o los contratos suscriptos y una planilla de Detalle (Planilla "B") que indique por cada tarea a realizar del computo y presupuesto el precio total de la mano de obra y el precio unitario de la misma.
Para la rendición de la mano de obra, se deberán remitir las planillas de rendición adjuntándose copia de los recibos de pago correspondientes, debidamente certificadas.
Conjuntamente con la elevación de las rendiciones firmadas por la autoridad competente, deberá remitirse: acta de medición de acuerdo a las tareas realizadas y además las planillas desagregadas.
2.2. Respecto a los materiales debe procederse de acuerdo a lo descripto en el punto 1.
3. Obras por contratación a terceros
Se deberá remitir un detalle de los procedimientos seguidos en la licitación o concurso, adjuntándose acta de apertura. informe de preadjudicación, oferta, contrata, ordenanza municipal y/o resolución (si correspondiera).
Conjuntamente con la elevación de las rendiciones firmadas por la autoridad competente, deberá remitirse: acta de medición, certificado de obra -el cual deberá ser firmado por la empresa y el comitente según modelo de Planilla "C" y la copia certificada del recibo de pago.
NOTA:
- Las facturas y recibos de pago deberán cumplir con la legislación nacional vigente.
- No se aceptarán certificaciones y/o rendiciones que no cumplan con lo estipulado en la reglamentación del PROGRAMA.
PROMES | PLANILLA "A" | Fecha | |||||||||||||
Provincia | Rendición de Materiales Nº | ||||||||||||||
Localidad | . | ||||||||||||||
Obra | . | ||||||||||||||
Item Nº | Descripción de Materiales Según Computo Aprobado por ENOHSa | Unidad | Cantidad Total Aprobada | Precio Unitario ($) | Cantidades | Importe ($) | Facturas Nº Presente Rendición | ||||||||
. | Anterior Rendición | Presente Rendición | Acumulada a la fecha | Anterior Rendición | Presente Rendición | Total a la fecha | . | ||||||||
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. | Totales | $ | $ | $ | . |
PROMES | PLANILLA "B" | Fecha | |||||||||||||
Provincia | Rendición de Mano de Obra Nº | ||||||||||||||
Localidad | . | ||||||||||||||
Obra | . | ||||||||||||||
Item Nº | Descripción del Item Según Computo Aprobado por ENOHSa | Unidad | Cantidad Total Aprobada | Precio Unit. Mano Obra ($) | Cantidades | Importe ($) | Recibo Nº Presente Rendición | ||||||||
. | Anterior Rendición | Presente Rendición | Acumulada a la fecha | Anterior Rendición | Presente Rendición | Total a la fecha | . | ||||||||
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PROMES | PLANILLA "C" | Fecha | ||||||||||||||
Provincia | Empresa Contratista: | |||||||||||||||
Localidad | Monto del Contrato Nº: | |||||||||||||||
Obra | Certificado Nº: | Mes: | ||||||||||||||
Item Nº | Descripción del Item Según Computo Aprobado por ENOHSa | Unidad | Cantidad Total Aprobada | Precio Unitario ($) | Cantidades | Importe ($) | ||||||||||
. | Anterior Rendición | Presente Rendición | Acumulada a la fecha | Anterior Rendición | Presente Rendición | Total a la fecha | ||||||||||
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