ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
Resolución 453/96
Adecuación de la Resolución Nº 2013/93 relativa a controles de sanidad y calidad vegetal incluyendo sus productos, subproductos y derivados: autorizaciones pertinentes de: principios activos, productos agroquímicos y biológicos, utilizados en la producción y comercialización de productos agrícolas, productos de terapéutica vegetal, enmiendas y fertilizantes.
Bs. As. 7/2/96
VISTO la resolución A.N.A. 2013/1993 relativa a controles de sanidad y calidad vegetal incluyendo sus productos, subproductos y derivados: autorizaciones pertinentes de: Principios activos, productos agroquímicos y biológicos, utilizados en la producción y comercialización de productos agrícolas, productos de terapéutica vegetal, enmiendas y fertilizantes, y
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la actualización de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) vigente a partir del 1 de enero de 1996 y la nota D.I.G.E. 104/1995, corresponde su adecuación.
Que, la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el art. 23, inc. i) de la ley 22415.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º - Aprobar los anexos I 'B', II 'B', III 'A' y IV 'B' de la presente que reemplazan a los anexos I 'A', II 'A', III y IV 'A' de la resolución A.N.A. 2013/93.
Art. 2º - Derogar las resoluciones A.N.A. 2161/93, 32/94 y 350/94.
Art. 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el Boletín de esta ADMINISTRACION NACIONAL. Remítase copia a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (A.N.M.A.T.) a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR - SECCION NACIONAL -, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA de la ALADI (R.O.U.) y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA entre las DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL. Cumplido, archívese. - Walter Defortuna.
Nota: El original del anexo I fue aprobado por res. 2013/93.
La primera modificación fue aprobada por res. 350/94, ésta es la segunda modificación aprobada por res. 453/96.
Nota: El original del anexo II fue aprobado por res. 2013/93.
La primera modificación fue aprobada por res. 2161/93, esta es la segunda modificación aprobada por res. 453/96.
Nota: El original del anexo III fue aprobado por res. 2013/93.
Esta es la primera modificación aprobada por res. 453/96.
Nota: El original del anexo IV fue aprobado por res. 2013/93.
La primera modificación fue aprobada por res. 32/94, ésta es la segunda modificación aprobada por res. 453/96.
Resolución 453/96
Adecuación de la Resolución Nº 2013/93 relativa a controles de sanidad y calidad vegetal incluyendo sus productos, subproductos y derivados: autorizaciones pertinentes de: principios activos, productos agroquímicos y biológicos, utilizados en la producción y comercialización de productos agrícolas, productos de terapéutica vegetal, enmiendas y fertilizantes.
Bs. As. 7/2/96
VISTO la resolución A.N.A. 2013/1993 relativa a controles de sanidad y calidad vegetal incluyendo sus productos, subproductos y derivados: autorizaciones pertinentes de: Principios activos, productos agroquímicos y biológicos, utilizados en la producción y comercialización de productos agrícolas, productos de terapéutica vegetal, enmiendas y fertilizantes, y
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la actualización de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) vigente a partir del 1 de enero de 1996 y la nota D.I.G.E. 104/1995, corresponde su adecuación.
Que, la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el art. 23, inc. i) de la ley 22415.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º - Aprobar los anexos I 'B', II 'B', III 'A' y IV 'B' de la presente que reemplazan a los anexos I 'A', II 'A', III y IV 'A' de la resolución A.N.A. 2013/93.
Art. 2º - Derogar las resoluciones A.N.A. 2161/93, 32/94 y 350/94.
Art. 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el Boletín de esta ADMINISTRACION NACIONAL. Remítase copia a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (A.N.M.A.T.) a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR - SECCION NACIONAL -, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA de la ALADI (R.O.U.) y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA entre las DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL. Cumplido, archívese. - Walter Defortuna.
Anexo I 'B'
NOMINA DE CAPITULOS, PARTIDAS O POSICIONES SUJETAS A INTERVENCION PREVIA PARA LA IMPORTACION
NOMINA DE CAPITULOS, PARTIDAS O POSICIONES SUJETAS A INTERVENCION PREVIA PARA LA IMPORTACION
Nota: El original del anexo I fue aprobado por res. 2013/93.
La primera modificación fue aprobada por res. 350/94, ésta es la segunda modificación aprobada por res. 453/96.
Anexo II 'B'
NOMINA DE PARTIDAS O POSICIONES QUE DEBEN CERTIFICAR ESTAR AUTORIZADOS PARA LA EXPORTACION
NOMINA DE PARTIDAS O POSICIONES QUE DEBEN CERTIFICAR ESTAR AUTORIZADOS PARA LA EXPORTACION
Nota: El original del anexo II fue aprobado por res. 2013/93.
La primera modificación fue aprobada por res. 2161/93, esta es la segunda modificación aprobada por res. 453/96.
Anexo III 'A'
NOMINA DE POSICIONES ARANCELARIAS CON AUTORIZACION PREVIA A LA IMPORTACION Y A LA EXPORTACION
UNICAMENTE LOS PRINCIPIOS ACTIVOS MENCIONADOS EN CADA POSICION Y LAS PREPARACIONES AGROQUIMICAS
NOMINA DE POSICIONES ARANCELARIAS CON AUTORIZACION PREVIA A LA IMPORTACION Y A LA EXPORTACION
UNICAMENTE LOS PRINCIPIOS ACTIVOS MENCIONADOS EN CADA POSICION Y LAS PREPARACIONES AGROQUIMICAS
Nota: El original del anexo III fue aprobado por res. 2013/93.
Esta es la primera modificación aprobada por res. 453/96.
Anexo IV'B'
NOMINA DE CAPITULOS, PARTIDAS, SUBPARTIDAS O POSICIONES CON AUTORIZACION PREVIA A LA IMPORTACION Y LA EXPORTACION
ENMIENDAS, FERTILIZANTES Y PRODUCTOS DE TERAPEUTICA VEGETAL
NOMINA DE CAPITULOS, PARTIDAS, SUBPARTIDAS O POSICIONES CON AUTORIZACION PREVIA A LA IMPORTACION Y LA EXPORTACION
ENMIENDAS, FERTILIZANTES Y PRODUCTOS DE TERAPEUTICA VEGETAL
Nota: El original del anexo IV fue aprobado por res. 2013/93.
La primera modificación fue aprobada por res. 32/94, ésta es la segunda modificación aprobada por res. 453/96.