Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

Resolución 441/2021

RESOL-2021-441-APN-SIECYGCE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-59291844- -APN-DGD#MDP, Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, las Leyes Nros 27.506 y su modificatoria, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1.080 de fecha 19 junio de 2020 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, dispone entre las competencias del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, entre otras, la de ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional y entender en la formulación de políticas y desarrollo de programas destinados a la creación de condiciones para mejorar la productividad y competitividad, a través de innovaciones y desarrollo de talento emprendedor.

Que, a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre del 2019 y sus modificatorios, se aprobaron los objetivos específicos de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, entre los cuales se encuentran difundir y acercar a las empresas del Territorio Nacional instrumentos de apoyo y los beneficios definidos por la Jurisdicción para impulsar la incorporación de conocimiento e innovación en sus sistemas de producción así como también apoyar, en coordinación con otros organismos del estado, mediante el esquema de innovación, la generación de proyectos de inversión público-privados para encarar nuevos desarrollos en áreas estratégicas.

Que, asimismo, la Decisión Administrativa N° 1.080 de fecha 19 de junio de 2020, define las acciones de la Dirección para la Federalización de la Innovación Productiva de la SUBSECRETARÍA DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y entre ellas se encuentran la de desarrollar acciones y proyectos para el fortalecimiento e impulso de capacidades productivas a través de la consolidación y/o creación de polos, clúster y parques tecnológicos en todo el país y la de asistir a parques industriales, polos, parques tecnológicos en la incorporación de esquemas de innovación productiva que mejoren la competitividad regional de los sectores de la economía del conocimiento.

Que es de público conocimiento, que las consecuencias económicas acarreadas por la Emergencia Sanitaria provocada por el Coronavirus COVID-19 exigen que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes para dar soluciones en el sector económico.

Que, en este contexto y con el objetivo de cumplir con las tareas propias de la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, surge la necesidad de impulsar actividades de la economía del conocimiento, eje clave del sistema productivo actual e impulsora de productos y servicios innovadores capaces de hacer frente a las consecuencias económicas y que permitan reactivar la economía.

Que, para ello, resulta necesario apoyar proyectos que aprovechen el conocimiento derivado de actividades como el desarrollo de software, big data, biotecnología, nanotecnología, ingeniería satelital, inteligencia artificial, impresión 3D, entre otras que en el corto y mediano plazo faciliten la reactivación de la actividad económica.

Que, mediante la Ley Nº 27.506 se creó el “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, que rige en todo el Territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA y que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

Que por el Artículo 19 de la Ley N° 27.570 y su modificatoria se designó como Autoridad de Aplicación del referido régimen al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que, en virtud de todo lo expuesto, se torna de vital importancia crear un programa cuyo objetivo sea promover la conformación y consolidación de agrupamientos geográficos de empresas e instituciones dedicadas a la producción de bienes y servicios de la Economía del Conocimiento que dinamicen, diversifiquen y fortalezcan las economías regionales de acuerdo al espíritu de ley N° 27.506 y su modificatoria.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” en la órbita de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el objetivo de promover la conformación y consolidación de agrupamientos de empresas e instituciones dedicadas a la producción de bienes y servicios de la Economía del Conocimiento que dinamicen, diversifiquen y fortalezcan las economías regionales de acuerdo al espíritu de Ley N° 27.506 y su modificatoria.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Reglamento Operativo del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” creado en el Artículo 1° de la presente medida que, como Anexo I IF-2021-60830273-APN-DFIP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la Convocatoria al Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” que, como Anexo II IF-2021-60830085-APN-SSEC#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO a disponer la realización de futuras Convocatorias en el marco del Programa aquí creado y a realizar todas las acciones necesarias a los efectos de poner en funcionamiento el Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”, controlar su ejecución y a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Programa 44 - Fomento al Desarrollo Tecnológico de la Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 6°. - La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ariel Esteban Schale

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/07/2021 N° 50923/21 v. 21/07/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)

(Nota Infoleg: por art. 6° de la Disposición N° 406/2021 de la Subsecretaría de Economía del Conocimiento B.O. 2/9/2021 se prorroga el plazo máximo para la presentación de las solicitudes realizadas en el marco del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”, hasta el día 13 de septiembre de 2021. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)
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