Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION


SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

Resolución 441-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-20909525-APN-DDME#SEDRONAR, los Decretos Nros. 48 del 17 de enero de 2014 y 33 del 13 de enero de 2017, las Resoluciones SE.DRO.NAR Nros. 304 del 26 de julio de 2017 y 307 del 25 de julio de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 33/17 establece como uno de los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ABORDAJE INTEGRAL de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA, la coordinación e interacción con organismos gubernamentales a nivel nacional, provincial y municipal, así como con organizaciones no gubernamentales en el territorio nacional, que permitan desarrollar acciones y políticas orientadas al abordaje preventivo del consumo problemático de sustancias.

Que dentro de las funciones de esta Secretaría de Estado se encuentra también la de promover acciones federales e intersectoriales que generen la participación activa de los actores que trabajan en la temática a nivel local y que se encuentran en contacto directo con la sociedad.

Que la Resolución SEDRONAR N° 304/17 crea el “PROGRAMA DE PREVENCION DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” que tiene como finalidad contribuir al fortalecimiento del sistema federal para la concertación de acciones y proyectos destinados a la prevención del consumo problemático de sustancias, respetando las características culturales de cada lugar y promoviendo la participación de la Sociedad Civil a través de organizaciones no gubernamentales, capaces de coordinar con el Estado la implementación de los lineamientos y acciones necesarias para la prevención del consumo problemático de sustancias.

Que en el marco de la Resolución mencionada ut supra, desde esta Secretaría de Estado se aprobó la Resolución SEDRONAR N° 307/17 “CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” que establece los requisitos que deben cumplir aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en participar del programa.

Que la cláusula VII, inciso 3) de esta Resolución indica que las organizaciones podrán presentar sus proyectos dentro del plazo de DOS (2) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en la página web y en las redes sociales de SE.DRO.NAR.

Que luego de haber tomado contacto con más de DOSCIENTAS (200) organizaciones a lo largo del país y, reconociendo los distintos niveles de desarrollo institucional de las mismas, se ha reconocido que el plazo mencionado anteriormente no es suficiente para la presentación de proyectos por parte de las Organizaciones interesadas y que la extensión de nuestro territorio conlleva a que la documentación exigida para participar del programa sea trasladada por el correo en tiempos mayores a los esperados.

Que teniendo en cuenta que el “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” busca garantizar el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil orientadas a la prevención de las adicciones por considerarlas un actor fundamental en el trabajo comunitario, generando condiciones de participación democráticas, abiertas e inclusivas, resulta indispensable brindar de plazo mayor a las mismas para la presentación de los proyectos correspondientes.

Que la prórroga del plazo establecido en la Resolución SEDRONAR N° 307/17 responde también a la importancia de brindar una igualdad de posibilidades a organizaciones del país que requieren de mayor seguimiento y asesoramiento por parte de esta Secretaría.

Que por todo lo mencionado anteriormente se considera conveniente prorrogar el plazo establecido en la cláusula VII, inciso 3) de la Resolución SEDRONAR Nº 307/17.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 48/14, N° 45/15 y N° 33/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorróguese el plazo de presentación de solicitudes para la participación del “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” establecido en la cláusula VII, inciso 3 de la RESOL-2017-307-APN-SEDRONAR a partir del 19 de septiembre de 2017 hasta el 6 de octubre de 2017, por los motivos expresados en los Considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — Roberto Moro.

e. 12/10/2017 N° 77007/17 v. 12/10/2017
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