Presidencia de la Nación

GRUPO DEL MERCADO COMUN


MERCOSUR/GMC/RES. N° 44/15

REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE FILTROS ULTRAVIOLETAS PERMITIDOS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 25/05)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Prelo y las Resoluciones N° 110/94, 133/96, 30/98, 56/02, 25/05 y 51/00 del Grupo Morcado Común.

CONSIDERANDO:

Que los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes deben ser seguros bajo las condiciones normales o previsibles de uso.

Que es necesaria la actualización periódica de los listados a lin de asegurar la correcta utilización de las materias primas en la fabricación de productos de higiene personal, cosméticos y perlumes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el 'Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Lista de Filtros Ultravioletas permitidos para Productos de Higleno Personal, Cosméticos y Perlumes', que consta como Anexo y forma parle de la presente Resolución.

Art. 2 - Los Estados Parles Indicarán en el ámbito del SGT N° 11 los organismos nacionales competentes para la implemenlación de la presente Resolución.

Art. 3 - La presente Resolución será aplicada en el territorio de los Estados Partes, al comercio entre ellos y a las importaciones extrazona.

Art. 4 - Derogar la Resolución GMC N° 25/05.

Art. 5 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamienlo Jurídico de los Estados Parles antes del 31/V/2016.

C GMC-Asunción, 25/XI/1S

IF-2018-60089780-APN-DVPS#ANMAT

ANEXO

REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE FILTROS ULTRAVIOLETAS PERMITIDOS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES

1 - Para el propósito de esto lisiado, los lillros ultravioletas son sustancias que, cuando so adicionan a los productos para la protección solar, tienen la línalidad de filtrar ciertos rayos ultravioletas con el fin de proteger la piel de ciertos electos dañinos causados por estos rayos.

2 - Estos filtros ultravioletas pueden ser adicionados en las lormulaciones de producios dentro de los límites y condiciones abajo detalladas.

3 - Otros filtros de radiación ultravioleta utilizados en productos de higiene personal, cosméticos y perfumes solamente con la finalidad de preservarlos de la degradación fotoquímica, no están incluidos en esta lista.

LISTA DE FILTROS ULTRAVIOLETAS PERMITIDOS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES


Observaciones:

(1) Para concentraciones mayores que 0,5% incluir advertencia en rotulado: 'contiene Denzophenone-3'

(2) Condiciones de uso: Prohibido su uso en sistemas pulverizabas (que dispersan partículas en el airo). El nanomalerial debe tener las siguientes características: Tamaño medio do parllculnp 00 nm; Pureza 2 90 %; sin recubrimiento.

IF-2018-60089780-APN-DVPS#ANMAT
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