MERCOSUR
REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE EMBRIONES EQUINOS DESTINADOS A LOS ESTADOS PARTE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Feb-2008
Resumen:
TODA IMPORTACION DE EMBRIONES EQUINOS DEBERA ESTAR ACOMPAÑADA DEL CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL, EMITIDO POR EL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL DEL PAIS DE ORIGEN DE LOS EMBRIONES.
Observaciones:
LA MISMA NO SE VINCULA CON SU ANTECEDENTE - DECISION 06/96 - POR NO POSEERSE REGISTROS DE SU PUBLICACION.INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL POR ART. 14° DE LA RESOLUCION 574/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 10/12/2008. SE PUBLICA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL, CON SUS ANEXOS, COMO ANEXO XIII DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.