MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
AUTORIZACION DE FAENA
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA A TRAVES DE LA SUBSECRETARIA DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO HABILITARA EN FORMA “ONLINE” LA “AUTORIZACION DE FAENA” UNA VEZ CUMPLIDOS LOS REQUISITOS PREVISTOS EN LA RESOLUCION Nº 586 DE FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2015 DEL ENTONCES MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Y SUS COMPLEMENTARIAS, Y VERIFICADO EL EFECTIVO INGRESO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CORRESPONDIENTE A HACIENDA Y CARNE PORCINA, CONFORME A LO QUE SE DISPONGA EN LAS NORMAS QUE OPORTUNAMENTE EMITA LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, ENTIDAD AUTARQUICA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE HACIENDA, CUYA INFORMACION SERA PUESTA A DISPOSICION DEL MINISTERIO, EN FORMA “ONLINE”.