Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Nº 416/2013


Bs. As., 7/6/2013

VISTO el Expediente CUDAP:EXP-JGM Nº 0015254/2013 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios Nº 22520 y sus modificatorios (t.o. Decreto Nº 438/92), y el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, a través de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se ha propuesto fortalecer las capacidades técnicas, políticas y administrativas del Estado y que para ello resulta imprescindible propender a una mejor adecuación entre los objetivos, los recursos y los productos de la política pública, y entre los resultados, objetivos y los impactos a nivel político de las políticas públicas sobre el conjunto de la sociedad.

Que el logro de dichas adecuaciones, en un contexto cambiante, complejo y dinámico que se va modificando en el tiempo y conforme a los problemas públicos que se establecen como nuevas prioridades de políticas, implica el impulso de la evaluación de las políticas públicas, fundamental para la generación de insumos basados en información relevante y sistematizada para el diseño e implementación de políticas públicas que resulten en una mejora continua de los bienes y servicios públicos que presta el Estado.

Que entre las misiones y funciones de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentra la de entender en el proceso de monitoreo y evaluación de la ejecución de las políticas públicas; coordinar con los distintos organismos de la Administración Pública Nacional la articulación de los sistemas de evaluación sectoriales; desarrollar un sistema de seguimiento de los programas de gobierno, estableciendo indicadores claves de las políticas prioritarias, para la toma de decisiones; entender en el diseño, implementación y seguimiento de la política de modernización del Estado; entender en el diseño e implementación de las políticas de capacitación para el personal de la Administración Pública Nacional; entender y promover la realización de estudios e investigaciones que contribuyan al conocimiento de la Administración Pública y el Estado.

Que, en tal sentido, resulta necesario la creación del “PROGRAMA DE EVALUACION DE POLITICAS PUBLICAS EN LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL”, en la órbita de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cuya finalidad será la incorporación del análisis y evaluación de políticas públicas a la agenda gubernamental y a los procesos de formación de políticas públicas de los organismos de la Administración Pública Nacional con el objeto de generar un proceso de retroalimentación entre el diseño e implementación y los resultados e impactos de las políticas a fin de permitir la obtención de mejores resultados en la gestión de los asuntos públicos.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y por el artículo 16, inciso 2, de la Ley de Ministerios Nº 22520 y sus modificatorios (t.o. por Decreto Nº 438/92).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Créase, en la órbita de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el “PROGRAMA DE EVALUACION DE POLITICAS PUBLICAS”, destinado a contribuir al proceso de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración Pública y potenciar las capacidades para su desarrollo con miras a mejorar la gobernabilidad, la calidad de las políticas y los resultados en la gestión de los asuntos públicos.

ARTICULO 2º — Serán objetivos del PROGRAMA DE EVALUACION DE POLITICAS PUBLICAS:

1. Promover la sensibilización, la consolidación en agenda e institucionalización de la evaluación de las políticas públicas en la Administración Pública Nacional.

2. Fomentar la investigación aplicada, comparada y participativa, y diseñar metodologías y herramientas de evaluación de políticas públicas susceptibles de ser aplicadas en los organismos gubernamentales.

3. Desarrollar capacidades para el diseño e implementación de diversos tipos de evaluación de programas y proyectos.

4. Evaluar programas, proyectos y/o políticas implementadas en el ámbito de la Administración Pública Nacional, de manera conjunta y en coordinación con los organismos que ejecutan dichas intervenciones, y/o asistir técnicamente para su desarrollo.

ARTICULO 3º — Créase en la órbita de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la UNIDAD EJECUTORA del PROGRAMA DE EVALUACION DE POLITICAS PUBLICAS integrada por UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO, UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL y UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN.

ARTICULO 4º — Facúltase a la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a que disponga las reglamentaciones y medidas complementarias que correspondieren para la efectiva implementación del programa.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN M. ABAL MEDINA, Jefe de Gabinete de Ministros.

e. 11/06/2013 N° 43639/13 v. 11/06/2013
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