IMPUESTOS
PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA - REGLAMENTACION
Resumen:
IMPUESTOS VARIOS. PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA. LEY N° 27.264, TITULOS II Y III. SU REGLAMENTACION. DEJANSE SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES GENERALES NROS. 3.878 Y 3.945. NO OBSTANTE, PARA LAS MEDIANAS EMPRESAS -TRAMO 1- EL BENEFICIO DE CANCELACION TRIMESTRAL DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO OTORGADO EN LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION GENERAL N° 3.878, QUE SE ENCUENTRE VIGENTE A LA FECHA DE PUBLICACION DE LA RG 4010 DE AFIP, SERA DADO DE BAJA DE MANERA AUTOMATICA DESDE EL PRIMER DIA DEL MES SIGUIENTE A AQUEL EN QUE OPERE EL VENCIMIENTO GENERAL PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.