MERCOSUR
REQUISITOS FITOSANITARIOS - MAIZ
Resumen:
APROBAR EL "SUBESTANDAR 3.7.29 - REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ZEA MAYS (MAIZ), SEGÚN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN", PARA LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR", QUE CONSTAN COMO ANEXO Y FORMAN PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.DEROGASE LA RESOLUCION GMC NRO. 112/96.
Observaciones:
NUEVAMENTE PUBLICADA, COMO ANEXO XL DE LA RESOLUCION N° 585/2006 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 2/10/2006, QUE DISPONE SU INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL. ANEXO DEROGADO POR ART. 1° DE LA RESOLUCION N° 588/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 24/7/2008 PAG. 10 NO SE VINCULA CON SU ANTECEDENTE RESOLUCION GMC NRO. 112/96 POR NO HABERSE PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 54/06 DEL GRUPO MERCADO COMUN 54/2003, B.O. 22/02/2007, PAGINA 27.