Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano
ARANCELES
Resolución 40/96
Modifícase la Resolución Nº 2/91 de la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, que fija el arancel para inspecciones de animales vivos con fines comerciales.
Bs. As., 19/2/96
VISTO el expediente Nº 1037/95 del Registro de esta Secretaría, la Ley Nº 22.421 de Conservación de la Fauna, el Decreto Reglamentario Nº 691 del 27 de marzo de 1981, y la Resolución 2 del 15 de marzo de 1991 de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 148 del Decreto Nº 691/81, esta SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO, está habilitada para fijar nuevos aranceles correspondientes a la identificación de especies y control de certificados de origen para la importación, exportación y comercio interno en jurisdicción federal.
Que por Resolución Nº 175 del 6 de octubre de 1983 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se han fijado los mencionados aranceles, que progresivamente fueron adaptados a los valores reales actualizados por medio de la Resolución Nº 693 del 9 de diciembre de 1983, Resolución Nº 304 del 18 de junio de 1984, Resolución 912 del 23 de diciembre de 1986, Resolución Nº 541 del 15 de julio de 1988, Resolución 67 del 17 de agosto de 1989, Resolución 252 del 14 de marzo de 1990 de la mencionada Secretaría y Resolución Nº 2 del 15 de marzo de 1991 de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que el arancel de inspección fijado y actualmente vigente de CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,55) por cada ave viva que se exporta resulta excesivo en relación al valor de las especies de aves habilitadas para la exportación.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION NACIONAL DE LEGALES.
Que el suscripto está facultado para el presente acto administrativo en virtud de los Decretos 421/91, 177/92 y 2786/93.
Por ello,
LA SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO
RESUELVE:
Artículo 1º — Modificar el inciso b) del artículo 1º de la Resolución Nº 2/91 de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, que fija el arancel para inspecciones de animales vivos con fines comerciales, dentro del rubro "aranceles de inspección de productos destinados a la exportación", en lo que se refiere a las aves vivas actualmente sujetas a cupo de exportación (Cyanoliseus patagonus, Myiopsitta manocha, Pionus maximillianus, Nedayus nanday, Aratinga acuticaudata), de la forma que a continuación se detalla:
Aves: DIEZ CENTAVOS DE PESO ($ 0.10)
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — María J. Alsogaray.