MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SALIDAS DE CARNES - ESTABLECESE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Abr-2021
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS SALIDAS DE CARNES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE TODO EL PAIS, DESTINADAS A COMERCIO MINORISTA, SOLO PODRAN HACERSE EN UNIDADES RESULTANTES DEL FRACCIONAMIENTO DE LAS MEDIAS RESES EN TROZOS CUYOS PESOS INDIVIDUALES NO SUPERARAN LOS TREINTA Y DOS KILOGRAMOS (32 KG.).