Presidencia de la Nación

Resolución 362 / 2020

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESOLUCION N° 303/20 - EXCEPCION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 17-Abr-2020
Resumen:

EXCEPTUASE DE LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION N° 303 DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES DE FECHA 22 DE MARZO DE 2020, A LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE LOS SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA O MOVIL, INTERNET Y TV POR CABLE, POR VINCULO RADIOELECTRICO O SATELITAL QUE PRESTEN SERVICIOS EN LOCALIDADES DE HASTA CIEN MIL (100.000) HABITANTES, EN LO QUE RESPECTA A LA SUSPENSION EN FORMA COMPLETA DE LA ATENCION AL PUBLICO, PUDIENDO PROCEDER EN DICHAS LOCALIDADES MEDIANTE LA IMPLEMENTACION DE GUARDIAS MINIMAS DE ATENCION A USUARIOS Y USUARIAS AL SOLO EFECTO DE GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Y PROCEDER AL COBRO DE FACTURAS, SIN PERJUICIO DEL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELECTRONICO DE ATENCION COMERCIAL Y DE RECLAMOS DE EMERGENCIA QUE HUBIEREN IMPLEMENTADO EN LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION ENACOM N° 303/2020.

Observaciones:

RATIFICADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION SINTETIZADA 453/2020 DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, B.O. 13/05/2020, PAGINA 59.

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