MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 355/2009
Estructura organizativa de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial.
Bs. As., 6/7/2009
VISTO el Expediente Nº S01:0208789/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 631 de fecha 26 de mayo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 y la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sus normas modificatorias y complementarias, se procedió a aprobar la estructura organizativa del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, incluyendo todo lo atinente a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.
Que por el Decreto Nº 631 de fecha 26 de mayo de 2009, el PODER EJECUTIVO NACIONAL decidió impulsar una serie de acciones tendientes a asegurar un adecuado desenvolvimiento de las actividades de normalización y saneamiento de los activos y pasivos del ESTADO NACIONAL.
Que en tal sentido corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores de la Dirección Nacional citada precedentemente, así como también, crear DOS (2) Coordinaciones de Area en la misma.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Decreto Nº 631 de fecha 26 de mayo de 2009.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase el Anexo IIIa —Dotación— del Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, en la parte correspondiente a la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 2º — Sustitúyese de la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las aperturas estructurales inferiores de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, de conformidad con el Organigrama, las Acciones y Dotación que, como Anexos I, II y IIIa forman parte integrante de la presente medida.
Art. 3º — Incorpóranse a la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Coordinaciones de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial dependientes de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, que se detallan en las Planillas Anexas al presente artículo y que forman parte integrante del mismo.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º
(niveles escalafonarios)
ANEXO I
ANEXO II
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE PROCESOS LIQUIDATORIOS
ACCIONES
1.- Diseñar y proponer las instrucciones y procedimientos para que los entes en liquidación elaboren sus planes de acción y presupuesto.
2.- Evaluar y emitir opinión sobre las propuestas y planes elaborados por los entes en liquidación en el marco de las directivas impartidas.
3.- Efectuar el seguimiento y evaluar los resultados de la ejecución de los planes formulados por cada ente en liquidación.
4.- Efectuar el seguimiento y evaluar los resultados de la ejecución de los presupuestos aprobados para cada ente en liquidación y de la actividad presupuestaria correspondiente.
5.- Efectuar el seguimiento y evaluar respecto a las rendiciones de cuentas que confeccionen los entes en liquidación.
6.- Ejecutar las acciones que se le encomienden vinculadas con los programas de administración y liquidación de bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades subsistentes luego del proceso de privatización, así como de los entes que fueren disueltos o que dejen de operar por cualquier causa, asumiendo su liquidación cuando así le fuere encomendado.
7.- Coordinar con los organismos competentes la información necesaria para posibilitar las previsiones financieras y los registros contables que correspondan como consecuencia de las resoluciones que se adopten respecto de los temas de su competencia.
8.- Proponer a la Superioridad la metodología o trámite a seguir para dar por terminados los procesos liquidatorios.
9.- Supervisar todo lo relacionado con las actividades post-liquidatorias correspondientes a los procesos liquidatorios concluidos.
10.- Coordinar lo atinente a la guarda, administración y archivo de la documentación perteneciente a los entes en liquidación y post-liquidados, como a la emisión de certificaciones de servicios de estos últimos.
11.- Asistir a sus superiores, junto a los demás organismos que resulten competentes, en el relevamiento de las situaciones de conflicto en las que existan cuestiones controvertidas de eventual perjuicio para el ESTADO NACIONAL.
12.- Evaluar, cuando corresponda, las propuestas y alternativas de solución de los diferendos detectados, previo a la instancia judicial, en la forma en que resulte más conveniente para el ESTADO NACIONAL.
13.- Emitir opinión y elaborar la información pertinente que requieran las autoridades que entienden en el régimen de compensación de créditos y deudas entre el sector público y el sector privado.
14.- Coordinar con los organismos competentes la información necesaria para posibilitar las previsiones financieras y los registros contables que correspondan como consecuencia de las resoluciones que se adopten respecto de los temas de su competencia.
15.- Emitir opinión sobre la información pertinente que requiera la superioridad con relación a los procesos de reconversión empresaria.
16.- Emitir opinión sobre la información que requiera la Superioridad con relación a los procesos de saneamiento de pasivos privados cuyos acreedores sean entes u organismos del sector público, en el marco de procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522.
17.- Supervisar y coordinar la gestión de cobranza administrativa correspondiente a créditos que se deriven de la operatoria de entes liquidados, como en lo inherente a coordinar el recupero o la depuración de créditos remanentes de empresas liquidadas del ámbito de competencia de la Dirección Nacional.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE PROCESOS LIQUIDATORIOS
DEPARTAMENTO GESTION DE CREDITOS
ACCIONES
1.- Entender en las acciones vinculadas a la gestión de créditos y cobranzas de entes liquidados cuando dicha tarea ha sido confiada al ámbito de la Dirección Nacional.
2.- Entender en las acciones conducentes al otorgamiento de los instrumentos previstos en las normas de creación de entes liquidados y otros regímenes de aplicación, que se deriven de la calidad de acreedor del ESTADO NACIONAL como continuador de los derechos y obligaciones del mismo, emisión de estados de deuda de partidas de usuarios no fiscales y Certificados requeridos por Escribanos (Ley Nº 22.427).
3.- Efectuar verificación de cobranzas y elaborar rendiciones a los órganos competentes de la jurisdicción.
4.- Producir información a la Superioridad respecto del cumplimiento de planes de pago de terceros, regularizaciones de deudas, reestructuración de obligaciones, situación de deudores y cualquier otra que le sea requerida atinente al ámbito de su competencia y proponer cursos de acción.
5.- Emitir liquidaciones, estados de deuda y cartas de pago.
6.- Efectuar estudios económicos de propuestas de refinanciación y cancelaciones de deudas y generar las acciones para la evaluación de las mismas por la Superioridad.
7.- Entender en lo inherente al seguimiento de garantías vigentes que amparan los créditos en su gestión, como en lo relativo a reinscripciones y cancelaciones.
8.- Asistir en la atención de peritos en causas judiciales y aprobación de liquidaciones judiciales en cuanto es materia de su competencia.
9.- Mantener actualizado el registro e informar a la Central de Riesgos del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE PROCESOS LIQUIDATORIOS
DEPARTAMENTO ARCHIVOS Y CERTIFICACIONES DE SERVICIOS
ACCIONES
1.- Entender en la administración, guarda y conservación de la documentación correspondiente a los distintos Entes Liquidados de la Dirección Nacional.
2.- Entender en la obtención de documentación que se le requiera.
3.- Efectuar la entrega en medios ópticos de la documentación digitalizada del área de su competencia
4.- Emitir certificaciones de servicios y actualizaciones de haberes.
5.- Entender en la atención de peritos y verificadores de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
6.- Producir información atinente a reclamos por conceptos salariales, antigüedad de personal, situación de revista, desvinculaciones, etcétera, de ex empleados de entes liquidados.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE PROCESOS LIQUIDATORIOS
DEPARTAMENTO CIERRES ENTES EN LIQUIDACION Y RECONVERSIONES EMPRESARIAS
ACCIONES
1.- Efectuar la gestión y seguimiento de los trámites atinentes al cierre de entes en liquidación con ajuste a lo dispuesto por el Decreto Nº 1836 de fecha 14 de octubre de 1994.
2.- Efectuar el análisis contable de las rendiciones de cuentas semestrales de Entes en Liquidación.
3.- Realizar la gestión y seguimiento de los trámites de post cierre correspondientes a rendiciones de cuentas.
4.- Efectuar la verificación de antecedentes y situación contable de un ente liquidado al momento del cierre y producir la información correspondiente.
5.- Intervenir en el tratamiento y seguimiento de tareas remanentes al cierre de un ente.
6.- Informar en el tratamiento de reclamos administrativos, la situación de registro contable de obligaciones que puedan resultar en pasivos a cargo de un ente liquidado.
7.- Intervenir en el relevamiento de la situación contable y administrativa de un ente en liquidación actuante en otro ámbito o jurisdicción, para viabilizar su transferencia a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de acuerdo a la Resolución Nº 777 de fecha 25 de junio de 1999 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
8.- Intervenir en la recopilación y evaluación de la información pertinente para el análisis y tratamiento de procesos de reconversión empresaria.
9.- Entender en la elaboración de la información que requiera la Superioridad, con relación a los procesos de saneamiento de pasivos privados, cuyos acreedores sean entes u organismos del sector público, en el marco de procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE PROCESOS LIQUIDATORIOS
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO Y GESTION DE ENTES EN LIQUIDACION
ACCIONES
1.- Entender en la elaboración y el control de los presupuestos anuales y plurianuales de los entes en liquidación.
2.- Arbitrar lo conducente a la evaluación, análisis y control de ejecuciones presupuestarias mensuales de entes en liquidación.
3.- Asistir a la Superioridad en modificaciones presupuestarias de la Dirección Nacional y considerar la elaboración y ajustes al presupuesto anual de la misma.
4.- Entender en la evaluación, análisis y control de informes de gestión mensuales de entes en liquidación e intervenir en la evaluación de resultados de la ejecución de planes de los entes en liquidación.
5.- Confeccionar la Memoria anual de la Dirección Nacional.
6.- Actuar como nexo entre la Dirección Nacional y las áreas competentes en materia de recursos humanos, patrimonio u otros ámbitos de la jurisdicción, atendiendo toda necesidad administrativa no prevista para otro sector de esa Dirección.
7.- Intervenir en las autorizaciones de pago de servicios de inmuebles afectados a la Dirección Nacional.
8.- Entender en la recepción, control, diligenciamiento, registro, seguimiento y despacho de expedientes, notas, oficios judiciales y cualquier otra documentación atinente a las actividades de la Dirección Nacional en materias de su competencia, como en lo referente al archivo de notas, documentos y antecedentes que hacen a las actividades de dicha Dirección.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION CONSOLIDACION DE DEUDA
ACCIONES
1.- Entender en la supervisión y coordinación del trámite de los expedientes de pago en bonos de consolidación de deuda.
2.- Entender en el asesoramiento vinculado con los reclamos alcanzados por la consolidación.
3.- Supervisar la verificación y control de las pericias y liquidaciones en reclamos contra entes liquidados.
4.- Entender en el asesoramiento a la superioridad en relación a todos los temas pendientes y problemática de los entes liquidados.
5.- Supervisar la actualización del registro de trámites de la ex Sindicatura Leyes Nros. 22.229 y 22.334.
6.- Intervenir en la regularización dominial de bienes registrables de los entes liquidados.
7.- Supervisar e intervenir los formularios de requerimiento de pago y cartas de gerencia correspondientes a los trámites de consolidación de deuda.
8.- Entender en la supervisión de la estimación anual de la deuda a ser cancelada en bonos, para ser considerada en el presupuesto, a solicitud de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA.
9.- Supervisar los informes estadísticos de gestión a ser elevados a la superioridad.
10.- Entender en el asesoramiento a la superioridad en materia de consolidación.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION CONSOLIDACION DE DEUDA
DEPARTAMENTO ENCUADRE NORMATIVO
ACCIONES
1.- Efectuar el análisis y estudio de la documentación incorporada a los trámites de consolidación.
2.- Requerir a los acreedores, cuando corresponda, documentación complementaria vinculada al reclamo efectuado.
3.- Asistir, asesorar y emitir opinión acerca de la procedencia del reclamo y su adecuación a la normativa consolidatoria en lo que es materia de su competencia.
4.- Informar a los acreedores acerca de la normativa aplicable a su reclamo en materia de consolidación de deuda.
5.- Efectuar la elaboración y propuesta de planteos judiciales vinculados a reclamos de pago en bonos de consolidación.
6.- Verificar la debida intervención de los diferentes departamentos en el trámite de cancelación de pasivos.
7.- Verificar el debido cumplimiento de las resoluciones emanadas de los organismos de control en materia de consolidación en los aspectos del reclamo que resulten de su competencia.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION CONSOLIDACION DE DEUDA
DEPARTAMENTO VERIFICACION Y CONTROL
ACCIONES
1.- Efectuar la verificación de liquidaciones judiciales y/o administrativas, conforme la normativa en materia de consolidación de deuda.
2.- Asistir, asesorar y emitir opinión acerca de la procedencia del reclamo y su adecuación a la normativa consolidatoria en lo que es materia de su competencia.
3.- Efectuar la verificación de registros de pagos, la determinación de saldos deudores compensables y registrar eventuales acciones de repetición.
4.- Requerir a empresas prestatarias continuadoras de entes liquidados, informes de remuneraciones y certificaciones de servicios.
5.- Requerir a los acreedores, cuando corresponda, documentación complementaria vinculada al reclamo efectuado.
6.- Efectuar el control de las pericias y liquidaciones practicadas por los auxiliares de la justicia en las causas en que el ESTADO NACIONAL es parte, como consecuencia del cierre definitivo de los procesos liquidatorios y fundamentar eventuales impugnaciones.
7.- Asesorar y asistir, cuando le sea requerido, en las causas judiciales en materia de consolidación de deuda.
8.- Verificar el debido cumplimiento de las resoluciones emanadas de los organismos de control en materia de consolidación en los aspectos del reclamo que resulten de su competencia.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION CONSOLIDACION DE DEUDA
DEPARTAMENTO INTIMACIONES
ACCIONES
1.- Intervenir en la contestación de requerimientos judiciales, vinculados con trámites de consolidación de deuda del Estado.
2.- Asistir y asesorar en la sustentación de presentaciones judiciales a efectuar por las áreas competentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, vinculados a trámites de consolidación de deuda.
3.- Efectuar la acreditación ante los Juzgados pertinentes, del ingreso de los formularios de requerimiento de pago a la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO de la SECRETARIA DE FINANZAS.
4.- Efectuar el seguimiento de las diversas cuestiones planteadas que demandan un pronunciamiento judicial.
5.- Efectuar la elaboración y propuesta de las respuestas a brindar a los oficios judiciales vinculados a reclamos de pago en bonos de consolidación y a diferentes cuestiones inherentes a los entes liquidados.
6.- Intervenir en la recopilación y análisis de los antecedentes que pudieran requerir las áreas jurídicas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para la defensa de los intereses del Estado.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION CONSOLIDACION DE DEUDA
DEPARTAMENTO CERTIFICACION Y REGISTRO
ACCIONES
1.- Verificar el cumplimiento del orden de prelación y los plazos de los trámites administrativos, reglados por el régimen consolidatorio.
2.- Confeccionar los formularios y documentación exigida por el régimen de consolidación.
3.- Efectuar el registro y tramitación de medidas cautelares vinculadas a reclamos de consolidación de deuda.
4.- Elaborar estadísticas de gestión.
5.- Administrar las bases de datos de la Dirección.
6.- Mantener actualizado el registro de trámites de la ex Sindicatura Leyes Nros. 22.229 y 22.334.
7.- Asistir en el desarrollo de las actividades de regularización dominial de bienes registrables de los entes liquidados.
8.- Actuar como nexo ante las áreas competentes, en materia de soporte tecnológico y de apoyo administrativo en general.
ANEXO IIIa
(niveles escalafonarios)
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
COORDINACION TECNICA LEGAL
FUNCIONES
1.- Asistir a la Superioridad en los aspectos técnicos legales a fin del tratamiento de reclamaciones, asuntos y recursos en que se debatan derechos u obligaciones del ESTADO NACIONAL que se deriven de la operatoria de los entes en liquidación y liquidados.
2.- Intervenir en los aspectos técnicos legales de competencia del área en tramitaciones administrativas, requerimientos administrativos, judiciales y de fiscalizantes.
3.- Asistir a la Superioridad en el trámite de informaciones correspondientes a entes en liquidación y liquidados y búsqueda de antecedentes que posibiliten la defensa del ESTADO NACIONAL en sede administrativa como judicial.
4.- Intervenir en la tramitación de oficios judiciales que involucren a entes residuales.
5.- Intervenir en la tramitación de previsiones presupuestarias para la atención de sentencias judiciales a requerimiento de los entes en liquidación y en el impulso de su pago.
6.- Asesorar e intervenir en el trámite de proyectos de actos administrativos que involucren materias de competencia de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial.
7.- Intervenir en los aspectos técnicos legales para habilitar las acciones tendientes al recupero de créditos a favor del ESTADO NACIONAL en materia de competencia de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial como en aquellas tareas atinentes a viabilizar la extinción de tales derechos.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE PROCESOS LIQUIDATORIOS
COORDINACION DE INFORMATICA
FUNCIONES
1.- Evaluar y asesorar respecto del uso de los recursos informáticos de la Dirección de Procesos Liquidatorios.
2.- Efectuar el mantenimiento de los sistemas informáticos implementados.
3.- Coordinar y asesorar en el desarrollo de nuevos sistemas.
4.- Entender en el ordenamiento y depuración de las bases de datos de la Dirección.
5.- Desarrollar las acciones necesarias que permitan el acceso en línea a las bases de datos de los sistemas en funcionamiento.
6.- Entender en todo lo vinculado con la digitalización de información.
7.- Supervisar la carga, el control y la accesibilidad a la información relacionada con la página web de memoria de las privatizaciones, correspondiente a entes en liquidación y liquidados.
8.- Asistir y asesorar a la Superioridad acerca de las necesidades de equipamiento informático de la Dirección.