COMERCIO DE GRANOS
USUARIOS DE MOLIENDA DE TRIGOS - INCORPORACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Abr-2007
Resumen:
INCORPORASE AL MECANISMO DE COMPENSACIONES ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION Nº 378/2007 Y SUS MODIFICATORIAS, A LOS USUARIOS DE MOLIENDA DE TRIGO QUE POSEAN MATRICULA HABILITANTE VIGENTE EN TAL CARACTER EN EL REGISTRO CONTEMPLADO EN LA RESOLUCION Nº 7/2007. METODOLOGIA DE LIQUIDACION.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 10 DE LA RESOLUCION 2242/09 DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, B.O. 9/03/2009, PAGINA 34.