Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 328/2024

RESOL-2024-328-APN-INCAA#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2024

VISTO el EX-2024-60015389- -APN-SGS#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, Nº 24.156 y, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, y Nº 202 de fecha 28 de febrero de 2024, las Resoluciones INCAA N° 1534-E de fecha 11 de octubre de 2019, N° 1533-E de fecha 11 de octubre de 2019, Nº 1721-E de fecha 8 de noviembre de 2019, Nº 725-E de fecha 17 de junio de 2021, Nº 311-E de fecha 14 de marzo de 2023 y sus modificatorias y N° 62-E de fecha 18 de abril de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el Territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo con las disposiciones que la propia ley establece.

Que el artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece los deberes y atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que es facultad de la máxima autoridad del Organismo establecer medidas para el fomento de la actividad cinematográfica y de otros medios audiovisuales.

Que los programas especiales denominados “CINE INCLUSION”, “LAS ESCUELAS VAN AL CINE”, “MUSEOS DE PELICULA”, “GAFAS VIOLETAS” y “FERNANDO BIRRI – PARA EL FORTALECIMIENTO DEL CINE COMUNITARIO”, creados por las Resoluciones mencionadas en el VISTO respectivamente, tienen como objetivo generar herramientas de articulación institucional y territorial que propicien el fortalecimiento audiovisual.

Que es requisito indispensable para llevar a cabo las medidas de fomento establecida en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias y Decreto Nº 1536/2022 tener en cuenta lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nº 24.156 que establece: “No se podrán adquirir compromisos para los cuales no quedan saldos disponibles de créditos presupuestarios, ni disponer de los créditos para una finalidad distinta a la prevista”.

Que, en tal sentido, en virtud del déficit presupuestario y financiero existente, con el objetivo de retomar el equilibrio necesario para que el Organismo pueda financiarse con sus propios ingresos y teniendo en cuenta la nueva estructura aprobada por Resolución INCAA N° 62-E/2024 que establece un nuevo marco regulatorio para los programas especiales que llevaba adelante la ex Subgerencia de Desarrollo Federal, resulta necesario establecer una nueva forma de llevar adelante los Programas indicados.

Que dentro de las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se encuentra interactuar con las diferentes provincias en actividades referidas a lo audiovisual a nivel federal.

Que en virtud de la Resolución N° 16 de fecha 11 de marzo del 2024 se ha iniciado un proceso de revisión de las políticas y actividades de gestión que implican tomar medidas que permitan el adecuado cumplimiento de los objetivos del Instituto.

Que resulta necesario la adopción de medidas tendientes a la racionalización de gastos en el marco de la situación económica y presupuestaria actual del Organismo, referidas a los PROGRAMA ESPECIALES que se llevaban adelante desde la ex - Subgerencia de Desarrollo Federal.

Que los PROGRAMAS ESPECIALES son importantes para el quehacer audiovisual y que, por ello, esos Programas pueden ser llevados a cabo por las distintas provincias en la medida que ellas lo crean conveniente.

Que los formatos de los PROGRAMAS ESPECIALES se mantendrán vigentes y a disposición de las provincias, municipios o museos que los requieran

Que, para ello, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES podrá a pedido de las provincias, brindar apoyo técnico, sin que ello importe erogación económica para el Instituto.

Que la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el nuevo marco regulatorio de los programas especiales de promoción audiovisual para las provincias detallado en Anexo I identificado como IF-2024-60637689-APN-GPP#INCAA de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Procedimiento para la solicitud de apoyo conforme lo establecido en el ANEXO II identificado como IF-2024-60637536-APN-GPP#INCAA de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3°.- Establecer que los Programas están destinados a fomentar y facilitar la circulación de los contenidos audiovisuales nacionales en las provincias a través de la programación y curaduría de los contenidos según la temática y destino de cada uno de los Programas.

ARTÍCULO 4°.- Determinar que el apoyo que se brinde en los términos del artículo 1° de la presente Resolución será a solicitud de la provincia que lo requiera en cada oportunidad, siendo el mismo de carácter colaborativo y en ningún caso generará erogación económica para el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTÍCULO 5°.- Dejar sin efecto en todos sus términos las Resoluciones INCAA N° 1534-E/2019, N° 1533-E/2019, Nº 1721-E/2019, Nº 725-E/2021 y Nº 311-E/2023.

ARTÍCULO 6°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Carlos Luis Pirovano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/06/2024 N° 41036/24 v. 28/06/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I

Programas especiales vigentes nomenclador.

I. - Gafas Violetas.

Entender en la curaduría de ciclos de Cine, cortometrajes y largometrajes, que, por su propuesta estética y narrativa cuestionen los estereotipos de género y promuevan el empoderamiento de la mujer, personas trans/travestis e identidades no binarias.

Realizar actividad para la formación de espectadores a nivel federal en área de géneros, educación y/o derechos humanos y asociaciones de mujeres colectivos LGTBIQ+.

II. - Cine Inclusión.

La finalidad de este programa es generar curaduría con un eje en las nuevas tecnologías y un vínculo estrecho entre la cinematografía y las artes audiovisuales con la población que favorezca una mayor inclusión social, de sectores con capacidades diversas en el ámbito de la cultura audiovisual.

III. - Las escuelas van al Cine.

Este programa 'Las escuelas van al Cine' tiene como finalidad aportar la programación según la demanda de las instituciones educativas a fin de satisfacer el cumplimiento de sus objetivos pedagógicos a través de contenidos audiovisuales.

El Programa tiene como objetivo formar audiencias fortaleciendo la relación de los alumnos primarios y secundarios con el Cine en general y Argentino en particular.

IV. - Museos de Película.

Este programa satisfará las demandas de programación de Cine Nacional o de contenido audiovisual en el marco de los museos nacionales, provinciales y municipales, para facilitar circuito y mecanismo de proyección gratuito y crear nuevas herramientas de formación de espectadores en esos ámbitos.

V. - Fernando BIRRI - Fortalecimiento de Cine Comunitario.

Este programa va a entender y participar en la curaduría de ciclos de cine comunitario a nivel federal. Se considera Cine comunitario en este amito aquel que es desarrollado con bajos recursos propios de una comunidad que refleja la idiosincrasia e identidad de la misma.

IF-2024-60637689-APN-GPP#INCAA




ANEXO II

Modalidad de trabajo.

En este apartado sistematizamos y tipificamos una forma de trabajo conjunta entre el INCAA y las PROVINCIAS/MUNICIPALIDADES o MUSEOS que requieran los programas denominados 'LAS ESCUELAS VAN AL CINE', 'CINE INCLUSIÓN', 'MUSEOS DE PELÍCULAS', 'GAFAS VIOLETAS' y 'FERNANDO BIRRI - PARA EL FORTALECIMIENTO DEL CINE COMUNITARIO' a modo de guía. Una vez iniciadas las actividades, el modelo de gestión tomará su mejor forma en función a la experiencia y necesidades de los equipos locales de gestión y del equipo de programación del Instituto. En este sentido, la puesta en práctica de cada programa y cualquier erogación corre por cuenta de la PROVINCIA/MUNICIPIO o MUSEO que requieran del mismo, solo quedando a cargo del Instituto la programación y expertise de sus equipos de trabajo.

Solicitud de Asitencia Técnica.

Las PROVINCIAS/MUNICIPALIDADES o MUSEOS interesados en los Programas Especiales deberán inscribirse mediante INCAA EN LINEA - 'Programas Especiales INCAA' con la información que se detalla a continuación:

1. Nota de intención del Programa Especial a utilizar suscripta por la persona responsable área cultural de la Provincia o Municipio.

2. Datos del espacio donde se desarrollaría la actividad, detallando dirección, capacidad y demás características técnicas.

3. Datos de la persona responsable del enlace operativo, correo electrónico y un teléfono de contacto.

El Instituto dará respuesta a los pedidos o información requerida una vez verificada la información.

La solicitud deberá ser cursada con al menos QUINCE (15) días de anticipación.

Finalizada la realización del programa, la PROVINCIA/MUNICIPIO o MUSEO deberá presentar la declaración jurada de funciones y espectadores en Sistema de Fiscalización INCAA, en caso de corresponder.

IF-2024-60637536-APN-GPP#INCAA

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