Dirección General Impositiva
IMPUESTOS
Res. 3069/89
Contribución solidaria. Ley N° 23.740. Resolución General N° 3066. Modificación plazo de vencimiento. Normas complementarias.
Bs. As., 9/11/89
VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución General N° 3066 se dictaron normas complementarias que deberán observar los sujetos alcanzados por las obligaciones dispuestas por la Ley N° 23.740.
Que, atendiendo a razones operativas y al propósito de este Organismo de posibilitar el adecuado cumplimiento de las precitadas obligaciones, se considera conveniente modificar el plazo fijado para la integración de la primera cuota de la Contribución Solidaria y la presentación del formulario de declaración jurada N° 428.
Que, asimismo, resulta oportuno establecer las fechas de vencimiento para la integración de la segunda, tercera, cuarta y quinta cuotas de la Contribución Solidaria a cargo de los sujetos indicados en la Resolución General N° 3066.
Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por la Dirección Legislación y en uso de las facultades acordadas por los artículos 10 de la Ley N° 23.740 y 7° y 31 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase la Resolución General N° 3066, en la forma que a continuación se establece:
— Sustitúyese en el artículo 6° la expresión "10 de noviembre de 1989", por la expresión "27 de noviembre de 1989".
Art. 2° — Fíjanse como fechas de vencimiento para la integración de la segunda, tercera, cuarta y quinta cuotas de la Contribución Solidaria a cargo de los responsables comprendidos en la Resolución General N° 3066, las siguientes:
Cuota N° | Fecha de vencimiento: |
2 | 22/12/89 |
3 | 22/01/90 |
4 | 22/02/90 |
5 | 22/03/90 |
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Cossio.